Madrid dice adiós a los scooters de alquiler para priorizar la seguridad peatonal

Madrid dice basta a los scooters en un intento por proteger la seguridad peatonal de adultos mayores

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Escrito por: Rodrigo Lema

Adiós a los scooters en madrid, priorizan la seguridad peatonal
| Pixabay archivo

En una decisión por parte de las autoridades de Madrid que prioriza la seguridad de sus ciudadanos, especialmente de los adultos mayores, el ayuntamiento madrileño ha decidido poner fin a la era de los patinetes eléctricos o mas conocidos como scooters, dispositivos que se encontraban alquiler en todas sus calles.

La medida, anunciada por las autoridades municipales, prohíbe de forma permanente la renta de estos vehículos en la capital española.

La decisión gubernamental se fundamenta en la necesidad de proteger a los peatones , quienes se han visto expuestos a situaciones de riesgo debido a la falta de regulación y control en el uso de estos dispositivos.

La inexistencia de cobertura de seguros y de tecnología interna en los dispositivos que impida la circulación o el estacionamiento en zonas prohibidas ha sido determinante para tomar esta medida drástica.

Madrid no es la primera ciudad en implementar restricciones a los patinetes eléctricos. París, Las Vegas y Nueva Orleans ya han tomado medidas similares, evidenciando una creciente preocupación global por la seguridad vial de los scooters.

La proliferación de scooters en las calles y avenidas de Madrid ha generado un intenso debate en los últimos años. Si bien son una opción ecologica de movilidad ágil y sostenible, su uso indiscriminado ha provocado accidentes, atropellos y conflictos con los peatones, especialmente con personas de la tercera edad.

Ciudad de Mexico y el uso de los scooters

Aunque los scooters están clasificados en el reglamento de tránsito de la Ciudad de México como vehículos no motorizados con un límite de velocidad de 25 km/h, en la práctica no se cumple la normativa.

Los usuarios en la urbe mexicana no cuentan con seguro vehicular, licencia de conducir ni formación que acredite su capacidad para manejarlos.

“El Reglamento de Tránsito establece que la velocidad máxima para que un vehículo sea considerado un vehículo no motorizado, aunque tenga apoyo de un motor eléctrico, es de 25 kilómetros por hora, así está en el Reglamento de Tránsito, eso quiere decir que aquellos donde la velocidad puede ser mayor a 25 kilómetros por hora, básicamente son motocicletas, aunque el motor sea eléctrico, por lo tanto, necesitan estar emplacados y también necesitan traer un casco acorde con las características del vehículo”, explicó en conferencia de prensa que encabezó el jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres.

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