Menores de esta edad ya podrán viajar gratis el transporte público en Edomex

Tus hijos pueden viajar gratis en el transporte público en el Estado de México, y además las unidades y operadores deben cumplir con las siguientes reglas.

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Escrito por: Iván Ramírez

Así puedes denunciar alguna anomalía en el transporte público en Edomex.
Así puedes denunciar alguna anomalía en el transporte público en Edomex. | FB Secretaría de Movilidad del Estado de México

¿Vives en el Estado de México? Hay una buena noticia para ti y tu familia, ya que si en casa hay menores de edad, estos podrán viajar de manera gratuita en el transporte público de la entidad, claro que hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que tus hijas e hijos puedan hacer uso de las unidades sin pagar su pasaje.

Las autoridades dieron a conocer en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el martes 21 de mayo de 2024 las especificaciones en materia de derechos de las personas que usan el transporte público en la entidad. En Fuerza Informativa Azteca (FIA) te contamos los detalles que debes conocer para que tus hijos puedan viajar gratis.

¿Quiénes pueden viajar gratis en el transporte público de Edomex?

El Capítulo IV De las personas usuarias del transporte público, conductoras y operadoras de la movilidad motorizada de la Gaceta del Gobierno del Estado de México señala en su Artículo 57 que en el transporte público colectivo podrán viajar de manera gratuita los menores de cinco años y la persona operadora y el personal autorizado por el sistema de transporte público, en actividades de supervisión o de vigilancia.

Reglas para el transporte público en la nueva Ley de Movilidad del Estado de México

El Artículo 57 también menciona los aspectos que deben tomarse en cuenta en beneficio de los usuarios. A las personas usuarias de los grupos vulnerables, se les brindarán las facilidades necesarias para abordar las unidades del transporte público, las cuales deberán contar con asientos o espacios preferenciales.

Además, se establecerán las medidas para garantizar el derecho a un servicio público de transporte en forma regular, continúa, uniforme, permanente e ininterrumpida y en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia, cumpliendo con las reglas y condiciones de calidad del servicio, con estricto apego a la normatividad aplicable.

Los pasajeros deberán recibir un servicio de transporte público de calidad moderno, que satisfaga sus necesidades por el pago de la tarifa; un trato digno y respetuoso de los operadores; que se cubra todo el recorrido de la ruta autorizada; derecho a la seguridad de la frecuencia en los horarios autorizados.

Asimismo, deberá haber tarifas autorizadas, incluyendo las tarifas preferenciales para las personas estudiantes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; en tanto, se tendrá derecho a un ascenso y descenso en las paradas autorizadas, garantizando el acceso al transporte público de manera incluyente.

Las personas tendrán derecho a estar amparados por una póliza de seguros que deberá otorgar la persona prestadora del servicio público, para el caso de cualquier siniestro de tránsito o imprevisto al momento de hacer uso del transporte público; así como ser indemnizadas por los daños que con motivo de la prestación del servicio se causen a las personas usuarias o peatones.

¿Dónde puedo reportar el transporte público en Edomex?

Las personas tienen tiene derecho a denunciar ante la Secretaría de Movilidad, cualquier irregularidad en la prestación del servicio de transporte público y ante la Secretaría de Seguridad cualquier tema inherente a la movilidad y seguridad vial en el Estado, debiendo informar a la persona que realiza la queja en tiempo y forma sobre las acciones tomadas, resultados obtenidos y resolución que corresponda, según la Fracción III del Artículo.

El Artículo 58 detalla que la denuncia contendrá los elementos que establezca el reglamento y podrá realizarse por escrito, por comparecencia o a través de cualquier medio establecido en las plataformas del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Cuando los hechos denunciados se cometan en una unidad de transporte masivo o colectivo de personas pasajeras, la Secretaría de oficio solicitará las imágenes de las cámaras de seguridad y hará acopio de las demás pruebas que considere necesarias para determinar las condiciones de tiempo, modo y lugar en que se realizó el evento denunciado”, explica el Artículo 58.

La Secretaría de Movilidad del Estado de México ha manifestado a la ciudadanía que los operadores del transporte público tienen que brindar un servicio cortés, amable y seguro. En caso de que la persona que conduzca la unidad de forma inadecuada o es irrespetuosa, podrás reportarla en:

WhatsApp
722 228 0498

Correo electrónico
quejas.movilidad@edomex.gob.mx

Vía telefónica
800 999 0025

APP
Movilidad Edoméx

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