Profeco sanciona a 2 aerolíneas por cobro de equipaje de mano

La Profeco indicó que esta medida contra las aerolíneas por el cobro de equipaje de mano no significa que se suspenda la venta de boletos.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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| Crédito: Profeco

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) colocó sellos de suspensión en dos aerolíneas por realizar un cobro al equipaje de mano a los pasajeros.

Se trata de las aerolíneas Volaris y Viva Aerobús en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta.

La única aerolínea que concilió con la Profeco fue Aeroméxico tras algunos reclamos de consumidores sobre el cobro de equipaje de mano.

“Ante el llamado de la Profeco, la aerolínea reconsideró finalmente e incluirá en lo sucesivo, sin cargo extra, equipaje de mano de hasta 10 kilos aún en su tarifa más baja”.

La Profeco indicó que Aeroméxico modificará en breve los términos de su tarifa en su portal web.

Cobro a equipaje de mano es contra derechos de consumidores: Profeco

La Profeco detalló que se colocaron los sellos de suspensión de las aerolíneas Volaris y Viva Aerobús en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta, por cobro de tarifa básica sin incluir equipaje de mano.

Agregó que la medida precautoria impuesta implica el inicio de un procedimiento de infracción a la Ley, pero de ninguna manera quiere decir que se suspenda la comercialización de boletos; esto, para no afectar a los consumidores.

La Profeco advirtió en días pasados que sancionaría a tres aerolíneas que aplicaran cobro al equipaje de mano.

Exhortó a las aerolíneas AeroMéxico, Viva Aerobús y Volaris detener el cobro del equipaje de mano y evitar acciones legales en su contra.

La Profeco argumentó que el “equipaje de mano” se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues es parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino.

La procuraduría agregó en un comunicado que el cobro por equipaje de mano a pasajeros viola los derechos de los pasajeros, reconocidos tanto en la Constitución, como en la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor.

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca

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