Por estudiante fallecida CNDH emite recomendación a Michoacán

La CNDH emitió la recomendación por no investigar adecuadamente el caso de una estudiante de secundaria que perdió la vida en el municipio de Zamora, Michoacán.

Escrito por: Agustín Rodríguez
cndh

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 53/2021 al gobierno del estado de Michoacán ante el incumplimiento de una Recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de dicha demarcación por no investigar adecuadamente el caso de una estudiante que perdió la vida en una secundaria del municipio de Zamora.

La estudiante perdió la vida al caerle un rayo; cumplía un castigo impuesto por su profesora

De acuerdo con el expediente, una persona manifestó que el 1 de septiembre de 2017 se le informó que a su hija, alumna de la Secundaría Técnica ubicada en dicho municipio, le había caído un rayo mientras se encontraba en el plantel por lo que había fallecido. Posteriormente, acudió a preguntar el motivo por el cual la víctima se encontraba fuera del salón de clase y se enteró que había sido obligada por su profesora “a barrer” como medida de castigo.

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Al acreditar violaciones a los derechos humanos, la Comisión Estatal dirigió cinco puntos recomendatorios a la Secretaría de Educación de Michoacán, de los cuales sólo dos fueron cumplidos, por lo que se presentó ante este Organismo Nacional el recurso de impugnación correspondiente.

La CNDH advierte de irregularidades en el caso de la menor fallecida en el plantel escolar

La CNDH determinó que el argumento de la autoridad educativa, en el sentido que el deceso de la víctima había sido originado por “un fenómeno natural”, pierde de vista que esta se hallaba bajo la custodia de su maestra.

Por ello la CNDH advirtió diversas irregularidades en su actuación al no analizar de manera integral el expediente de queja, omitir la realización de diversas diligencias para acreditar el cumplimiento de su propio instrumento recomendatorio y no ejercer su facultad para presentar directamente una queja por lo ocurrido.

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Por lo anterior, se pide al gobierno de Michoacán colaborar en el trámite de la queja ante el Órgano Interno de Control, a fin de que se indague lo ocurrido e instruir que la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas elabore el dictamen necesario que permita reparar el daño causado a las víctimas indirectas.

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Escrito por: Agustín Rodríguez

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