Mujer buscó ganar dinero explotando sexualmente a niña de 12 años en Atizapán

Dulce María “N”, de 30 años, habría obligado a la menor a tener relaciones sexuales con un individuo a cambio de dinero, pero si se oponía, la amenazaba.

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Dulce María “N” al parecer prostituyó en el año 2022 a una menor de 12 años.|Fiscalía de Edomex.

Escrito por: Iván Ramírez

Una mujer en el Estado de México (Edomex) es investigada por su probable participación en el delito de trata de personas, en la modalidad de explotación sexual, en agravio de una niña de 12 años.

Agentes de la Fiscalía General de Justicia del Edomex la detuvieron y después fue vinculada a proceso a Dulce María “N”, de 30 años, por estos hechos que fueron investigados por la institución.

Menor de edad fue explotada sexualmente en 2022

Al ser detenida, un juez con sede en Tlalnepantla determinó iniciar proceso legal contra Dulce María “N”, quien permanecerá bajo prisión preventiva justificada en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social “Lic. Juan Fernández Albarrán”, conocido como el penal de Barrientos.

De acuerdo con la investigación iniciada por la Fiscalía estatal, durante mayo y junio de 2022, esta mujer habría obligado a una menor de 12 años a sostener relaciones sexuales con un individuo a cambio de dinero.

Mujer cobraba el dinero obtenido por explotar sexualmente a niña en Atizapán

Los hechos ocurrieron en un domicilio ubicado en la colonia Las Peñitas, en el municipio de Atizapán de Zaragoza. El dinero obtenido era cobrado por Dulce María “N”, quien presuntamente amenazaba a la menor de edad en caso de que se opusiera a tener relaciones sexuales con dicho sujeto.

El Agente del Ministerio Público inició la indagatoria correspondiente hasta lograr la aprehensión de la probable implicada, quien estará encarcelada y se fijaron tres meses para el cierre de investigación complementaria.

9 de cada 10 víctimas de explotación sexual son mujeres o niñas en México

¿Cuántos años de cárcel podría pasar mujer explotar sexualmente a menor?

La trata de personas, como se puede leer en el Artículo 268 BIS del Código Penal del Estado de México, es cuando alguien para sí o para un tercero induzca, procure, promueva, capte, reclute, facilite, traslade, consiga, solicite, ofrezca, mantenga, entregue o reciba a una persona recurriendo a la coacción física o moral, a la privación de la libertad, al engaño, al abuso de poder, al aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad o a la entrega de pagos o beneficios para someterla a cualquier forma de explotación o para extraer sus órganos, tejidos o sus componentes.

La ley indica que la explotación se da cuando se busca obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona, mediante la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud, la servidumbre o la mendicidad ajena.

Los años de cárcel por trata de personas son de seis a doce años de prisión y de 500 a mil quinientos días multa, pero la pena se incrementará hasta una mitad cuando el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad.

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