El poder Judicial del Estado de México ratificó la sentencia de 17 años y seis meses de prisión en contra de Rodolfo Márquez Alcaraz, conocido como “Fofo” Márquez. La decisión se tomó hoy, 1 de mayo del 2025, tras rechazar la apelación presentada por su defensa, confirmando su responsabilidad en el delito de feminicidio en grado de tentativa tras protagonizar una violenta agresión contra una mujer en el estacionamiento de un centro comercial en Naucalpan, Edomex.
¿Por qué el tribunal rechazó la apelación de la parte defensora del ‘Fofo Márquez’?
A través de un boletín informativo emitido en sus canales oficiales, el Tribunal indicó que, en su resolución, las y los magistrados concluyeron que los hechos estaban plenamente acreditados y que la violencia ejercida por el influencer contra una mujer, constituye tentativa de feminicidio, por lo que se mantiene la pena que se dictó en primera instancia, sin ninguna reducción en años de condena.
¿Qué cambió en las sanciones económicas impuestas a Fofo Márquez como parte de su sentencia? Aunque la pena de cárcel se mantiene, el Tribunal sí modificó parte de la resolución relacionada con la reparación del daño, ya que inicialmente se estableció un monto de 277 mil 400 pesos por reparación de daño moral y material, sin embargo, tras revisar el caso, se ajustó el concepto de tratamiento psicológico para la víctima, fijándolo en 36 mil 400 pesos, cuando antes la multa estaba fijada en 67 mil 313 pesos.
El Poder Judicial del Estado de México informa: pic.twitter.com/t8A8WCRJho
— Poder Judicial Edomex (@PJEdomex) May 1, 2025
¿Qué ocurrió exactamente el día que Fofo Márquez cometió la agresión por la que hoy se mantiene en prisión?
Los hechos ocurrieron el 22 de febrero de 2024, cuando una mujer estacionaba su vehículo en una plaza comercial de la colonia Ciudad Brisa en Naucalpan y golpeó por accidente el espejo del Audi del agresor, al intentar resolver la situación, Fofo Márquez la golpeó de forma violenta, situación que puso en peligro su vida.
La brutalidad de la agresión, la intención manifiesta de dañar gravemente y la vulnerabilidad de la víctima configuraron todos los elementos jurídicos para tipificar el caso como tentativa de feminicidio, según lo determinó la autoridad judicial tras una evaluación del contexto y los hechos presenciados por testigos.
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