“Las reglas son suyas, el cuerpo es mío”; Despidos laborales por embarazo.

Cuando de maternidad se trata, resulta perturbador que muchas empresas comiencen a solicitar una segunda prueba para efectuar contrataciones: la de no embarazo.

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Por: Darwin Téllez

Derivado de la pandemia por Covid 19, muchas cosas han cambiado, una de ellas, es que ha comenzado a ser necesario presentar un “certificado de vacunación” para poder trabajar, viajar e incluso socializar, lo cual es perfectamente comprensible.

Pero cuando de maternidad se trata, resulta perturbador que muchas empresas comiencen a solicitar una segunda prueba para efectuar contrataciones: la de no embarazo.

Claudia trabajaba en el área de “full service” en una empresa de telefonía, durante mucho tiempo combinó sus labores de seguimiento, aclaraciones y soporte técnico con las náuseas provocadas por su segundo embarazo.

La normalidad fue la regla durante 9 meses, sin embargo, en junio pasado, tras una llamada supo que algo no iba bien con el trabajo.

“Mi supervisora me indica que tenía que acudir a la empresa para hacer actualización de mi equipo, a mi se me hizo raro porque siempre te notifican por correo, sobre todo por que ese día en la mañana yo le avise de mis incapacidades por embarazo y no me dijo nada, solo me comentó que tenía que acudir con urgencia” señaló

15 minutos de metro, línea naranja….los mareos
La caminata de dos cuadras…los bochornos
1 hora en camión con paradas continuas….las nauseas
La travesía de Azcapotzalco a Naucalpan fue todo un reto y sus sospechas, fueron ciertas.

“Al llegar me quitan mi computadora y me dicen que tenía que pasar con recursos humanos y la encargada me dijo que tenía que firmar mi renuncia”

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La causa de discriminación más frecuente reportada al Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) sigue siendo el despido por embarazo, con 94.6% del total.

En ese momento, Claudia pasó a formar parte de esa estadística, a pesar de que no firmó la renuncia, pues no le ofrecían liquidación, ni un solo motivo válido para su destitución, era simplemente un acto de discriminación.

El regreso a casa, fue, incluso, aún más complicado.

En el artículo 56 de la Ley Federal del Trabajo se dictamina que no se puede excluir por motivos de embarazo, y el 133 prohíbe a las empresas exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, de eso se enteró después, al consultar a un abogado, pues padeció de ambas cosas.

“Es complicado quedarse sin trabajo y nuevamente buscar y que en ningún trabajo te acepten”, señaló Claudia en entrevista

Con 21 años, sin liquidación ni seguridad social y a escasas 5 semanas de que Matías llegue al mundo, exige que las autoridades la apoyen pues ella dice: son las reglas de la empresa, pero el cuerpo y el derecho son míos.

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