Detienen a hombre por violencia digital al difundir imágenes íntimas

Luis Baltazar “N” de 26 años podría enfrentar de cuatro a seis años de prisión por violencia digital. Al sospechoso se le incautó equipo de cómputo

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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Fue detenido por violencia digital Luis Baltazar “N” de 26 años, por compartir imágenes íntimas de mujeres en plataformas digitales de acuerdo a la Fiscalía General de Justicia de Sonora es la primera vez que ocurre, el detenido podría enfrentar de cuatro a seis años en prisión, el probable responsable tenía sitios web y en un cateo en el domicilio del sospechoso se le incautó equipo de cómputo, y se le ejecutó una orden de aprehensión.

La Fiscal General del Estado de Sonora, Claudia Indira Contreras, declaró:

“El juez validó los datos de prueba vincula a proceso y queda en prisión preventiva las víctimas que este presentaron denuncia fueron tres todas del sexo femenino y las tres fueron compañeras de secundaria del imputado una de ellas mantuvo una relación de confianza la cual aprovechó esta persona”.

¿Qué es la ley Olimpia?

La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla; derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 17 entidades federativas.

Las siguientes son conductas que atentan contra la intimidad sexual:

-Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

-Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Por su parte, se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.

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