Hoy No Circula para el viernes 6 de mayo en CDMX y Edomex

Las restricciones del Hoy No Circula en la CDMX y el Edomex aplicará de las 5: 00 a las 22:00 horas del viernes 6 de mayo.

Hoy No Circula viernes 6 mayo CDMX Edomex

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca

Este viernes 6 de mayo se aplicará el doble Hoy No Circula, debido a que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantenía la Fase I de la contingencia ambiental por ozono, tanto en la Ciudad de México (CDMX), como en la zona metropolitana del Estado de México (Edomex).

Este viernes 6 de mayo, la CAMe informará a las 10:00 horas si las condiciones ambientales permitieron la dispersión del ozono y por ende, la suspensión de las restricciones vehiculares.

También se mantiene la aplicación de las medidas de la Fase I en otros sectores. Para el caso de instalaciones de distribución y expendio de Gas L.P y expendio al público de gasolinas las medidas aplicarán para el Grupo 3 determinado por la ASEA.

Las restricciones del doble Hoy No circula aplicarán de las 5:00 a las 22:00 horas.

¿Qué vehículos tienen doble Hoy No Circula en CDMX y Edomex?

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o Edomex.
  • Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Vehículos exentos del doble Hoy No Circula en CDMX y Edomex

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la Covid-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
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