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¡Tu dinero en la mira! SCJN avala a UIF congelar cuentas bancarias sin orden judicial

La Corte permitió congelar cuentas sin juez ni fiscal. El fallo genera alarma por el poder de la UIF y el impacto directo en derechos financieros.

¡Tu dinero en la mira! SCJN avala a UIF  congelar cuentas bancarias  sin orden judicial
La SCJN autorizó congelar cuentas sin juez.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de nuevo dio de qué hablar, ahora avala que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, sin intervención del Ministerio Público y sin necesidad de una solicitud internacional. Basta con “indicios” de delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

El argumento central de la mayoría es que no se trata de un castigo, sino de una medida preventiva para proteger el sistema financiero. Pero en los hechos, la decisión implica que una autoridad administrativa puede dejar a una persona o empresa sin acceso a su dinero antes de que exista una resolución judicial de fondo.

Advertencias ignoradas: la Corte avala pese a dudas sobre abusos

La votación, seis contra tres, dejó ver una Corte dividida. Mientras la ministra Loretta Ortiz Ahlf respaldó el proyecto que valida el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, voces como la de Yasmín Esquivel Mossa advirtieron riesgos claros: una norma ambigua, sin plazos definidos ni causas precisas, abre la puerta a abusos.

En la misma línea, el ministro Giovanni Figueroa Mejía fue más allá al señalar que congelar cuentas con base en sospechas tiene efectos punitivos, aunque se le quiera etiquetar como medida administrativa. Es decir, el impacto es real y directo sobre los derechos de las personas.

Del otro lado, la ministra Lenia Batres Guadarrama defendió el cambio bajo un argumento contundente: los criterios anteriores permitieron desbloquear cuentas por más de 32 mil millones de pesos entre 2018 y 2025, muchas veces sin analizar el fondo de los indicios financieros.

La Corte no solo avaló esta facultad, también dejó atrás criterios previos que exigían intervención de autoridades extranjeras para proceder con bloqueos. Para la ministra María Estela Ríos González, depender de otros países implicaba ceder soberanía.

Sin embargo, el nuevo criterio ahora el Estado puede actuar primero y justificar después, siempre bajo la promesa de que existe derecho de audiencia. El problema, advierten críticos, es que el daño ya está hecho cuando una cuenta es congelada.

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