Hoy es el último día para presentar tu declaración anual del SAT

Hoy 31 de mayo es el último día para presentar la declaración anual ante el SAT; aquí te decimos cuánto tendrías que pagar en caso de no hacerla.

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca

Hoy lunes 31 de mayo es el último día para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al 2020 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Originalmente, el SAT había señalado que la declaración sólo podría presentarse en abril, pero ante reportes de usuarios sobre constantes fallas, se decidió que mayo fuera la prórroga.

¿Qué pasa si no presento la declaración anual 2021?

Recuerda que si no presentas tu declaración anual te puedes hacer acreedor a una multa que puede ascender hasta los 34 mil pesos.

  • De mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
  • De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
  • De 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

¿Dónde puedo presentar mi declaración anual?

La declaración anual se puede presentar a través del portal Declaranet del SAT. Para acceder, es necesario contar con e.firma vigente, pues de otro modo, no se podrá accesar a la plataforma.

¿Quiénes deben presentar declaración anual?

Los contribuyentes que tienen hasta hoy para presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio 2020 son las personas físicas.

  • Trabajadores asalariados que dejaron de recibir su salario antes del 31 de diciembre de 2020.
  • También en esta cateogría aplican personas con dos o más patrones, que obtuvieron ingresos adicionales a su salario, cuyos ingresos provienen del extranjero o que recibieron ingresos por indeminización o jubilación, o que a lo largo del año recibieron más de 400 mil pesos en ingresos.
  • También deben declarar personas que brindan servicios profesionales, es decir, que obtienen servicios por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
  • Las personas con actividades empresariales, incluidas las que tributan a través del Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales.
  • Quienes cobran renta por algún inmueble, ya sea casa, departamento o local comercial.
  • Quienes reciben intereses o dividendos.
  • También deben declarar personas que enajenaron bienes, en caso de venderlo.
  • De igual forma, las personas que adquirieron algún bien.
  • También es importante recordar que todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en el ejercicio 2020, siempre y cuando excedan los 600 mil pesos.
  • Las personas que vendieron algún bien o que recibieron alguna herencia también deben presentar declaración, siempre y cuando el total exceda los 500 mil pesos.

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¿Quiénes no deben presentar declaración anual?

  • Las personas asalariadas cuyos ingresos fueron menores a 400 mil pesos en un año y trabajaron siempre para un mismo patrón no están obligados a presentar declaración.
  • Tampoco están obligados a declarar las personas que obtuvieron ingresos a través del regimen de asalariados y que trabajaron para un solo patrón, siempre y cuando el patrón haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio 2020.

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