Un juez federal aceptó analizar el amparo promovido contra el Registro Civil de la Ciudad de México por negarse a registrar a una bebé cuyas madres la concibieron a través de un vientre de alquiler.
La titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, Elizabeth Vargas, ordenó de manera provisional levantar un acta de nacimiento de la niña en la que quede asentado que su madre es la mujer que la dio a luz, quien podrá además elegir su nombre.
Son necesarias las medidas de protección
“En el caso, es necesario fijar medidas de protección, porque atendiendo esta juzgadora a los antecedentes derivados de los documentos exhibidos por los quejosos y a fin de que el juicio de amparo no sea utilizado para encubrir la compraventa de un recién nacido entre un extranjero y una ciudadana mexicana de bajos recursos económicos, y al mismo tiempo respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de la menor de edad”, señala el resolutivo.
Además se explicó que "la medida de emergencia, para el efecto de que el Registro Civil de la Ciudad de México, registre a la infante a través de: I) La expedición de un acta de nacimiento que tendrá el carácter de ‘provisional’, asentando el nombre de la madre gestante, dado que es el único dato objetivo y cierto, que en este momento se tiene del nacimiento de la menor, quien elegirá el nombre”.
Con el acta provisional, la juzgadora ordenó notificar al Instituto Nacional de Migración para que emita una alerta migratoria que impida a la niña salir del país.
