Diputados tipifican tentativa de feminicidio como delito

Diputados avalaron incluir en el Código Penal Federal la tentativa de feminicidio, delito que se castigará con 40 años de cárcel.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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Con 474 votos a favor, cero en contra, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que reforma diversos códigos y leyes, que tipifica como delito la tentativa de feminicidio.

El dictamen reforma el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional de Ejecución Penal y el Código Penal Federal, en materia de sanción del feminicidio en grado de tentativa punible.

Con las reformas, se castigará el delito de tentativa de feminicidio con 40 años de cárcel.

El documento tiene por objeto hacer procedente la prisión preventiva oficiosa para casos de feminicidio consumado o en grado de tentativa punible.

Los antecedentes de acoso digital serán agravantes, además se define la obligación para el agresor del pago de la reparación del daño a favor de la víctima.

¿Cuál es la pena por el delito de tentativa de feminicidio?

El dictamen, que se enviará al Senado para su análisis y aprobación, contempla que los agresores no podrán gozar de libertad anticipada y que la pena de prisión no será menor a la mitad y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la máximas de las sanciones previstas para el delito de feminicidio consumado, es decir, no menor de 30 años y hasta 40 años de prisión.

El dictamen establece que no gozarán de la libertad condicionada, libertad anticipada, libertad preparatoria y la sustitución de la pena los sentenciados por este delito.

En los casos de feminicidio cometido en grado de tentativa punible, la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la mitad y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado, que de acuerdo con el Código va de 40 a 60 años de cárcel.

Indica que el objetivo es asegurar el derecho humano de acceso a la justicia y reparación del daño en favor de las víctimas indirectas en el caso de feminicidio consumado y en favor de las víctimas en el caso de tentativa de feminicidio.

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca

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