La Fiscalía de Sinaloa informó que esta semana fueron detenidos dos expolicías municipales de Ahome, quienes presuntamente habrían participado en la desaparición de tres personas el 21 de julio del 2015; los dos sujetos estarán en prisión hasta esclarecer el caso.
En un comunicado, la dependencia confirmó que la aprehensión de los dos exagentes, identificados como Álvaro “M” y Silvia “P”, se llevó a cabo en Ciudad Obregón, Sonora, donde aparentemente se escondían desde hace un par de meses para evitar responder por la investigación.
La audiencia inicial de la causa penal 43/2016 se realizó el pasado martes 5 de diciembre, fecha en que la Fiscalía formuló la acusación ante el Juez de Control y Enjuiciamiento Penal Zona Norte en contra de quienes laboraban como elementos de la policía municipal de Ahome.
Habrían desaparecido a 3 personas en 2015
De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía de Sinaloa, los expolicías municipales de Ahome se mantuvieron prófugos de la justicia luego de presuntamente haber participado en la desaparición de las tres personas, de nombre Marga “M”, David “M” y Alfredo Elías “M”, cuyos restos fueron encontrados en una fosa clandestina en 2018.
📌Aprehenden a expolicías municipales de Ahome por desaparición de tres personas
— Fiscalía Sinaloa (@FiscaliaSinaloa) December 6, 2023
La Fiscalía General de Sinaloa logró dicha detención en colaboración con la Fiscalía General del Estado de Sonora.
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“Cabe señalar que esa detención realizada por esta Fiscalía General del Estado de Sinaloa, se logró gracias a la colaboración con la Fiscalía General del Estado de Sonora”, concluyó la dependencia.
¿Cuál es la pena por desaparición en Sinaloa?
El Código Penal de Sinaloa establece que, a quien cometa el delito de desaparición forzada de personas, se le sancionará con pena de veinticinco a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa. Además, en caso de ser servidor público se le impondrá una inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos de diez a veinte años.
“Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a este Código le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten. El delito de desaparición forzada de personas se considerará permanente e imprescriptible”, expone la norma.