Rumbo a las elecciones 2024, las cuales serán las más grandes de la historia del país, los partidos políticos y coaliciones deberán presentar a candidatos de grupos minoritarios; sin embargo, la desesperación es tanta que intentan postular a quienes no pertenecen a grupos vulnerables.

Candidaturas de minorías y de grupos vulnerables como indígenas, afromexicanos, migrantes, personas discapacitadas, diversidad sexual, por grupo de edad, llegarán al Senado de la República, pues el INE determinó que tendrán que ser 9 lugares de manera obligatoria.

¿Cuáles son las acciones del INE para las candidaturas de grupos vulnerables?

Algunas de las acciones del órgano electoral para las candidaturas de grupos vulnerables son:

  • Combatir la desigualdad
  • Garantizar derechos político-electorales
  • Alcanzar representación y participación

¿Qué candidatos han mentido para representar a los grupos vulnerables?

Se han dado casos en el proceso electoral actual sobre candidatas y candidatos que han mentido sobre pertenecer a un grupo vulnerable con tal de llegar al cargo, como es el caso de Aurora Villeda y José María Méndez en Tlaxcala para la comunidad LGBTTTIQ+.

En ambos casos, la comunidad LGBTTTIQ+ las calificó de oportunistas por lo que las desconocieron de ser miembros de su comunidad, pues no tienen trabajo de incidencia a favor de este sector. Afirmaron que, en caso de en caso de que el ITE avalara las postulaciones, acudirían a las instancias correspondientes para contrarrestarlo.

Otro de los casos es el de Néstor Camarillo y Nadia Navarro en Puebla, a quienes desconocieron de pertenecer a una comunidad indígena, pues afirmaron tener un origen indígena; pero era falso. Ante esto el INE

El último es el de Amando Bohórquez y Fidel Martínez quienes aseguraron pertenecer al grupo de personas con discapacidad.

Cabe destacar que para estos casos, el INE da tres avisos antes de sancionar:

  • El primero se trata de una amonestación para el partido político o la coalición y 48 horas para sustituir a su candidato
  • El segundo es una amonestación pública y 24 horas para sustituirlo
  • Por último es la pérdida de candidatura