Dos jueces federales rechazaron resolver el amparo tramitado por el exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam contra el auto de vinculación a proceso que le fue dictado por tortura, desaparición forzada de personas y delitos contra la administración de justicia por el caso Ayotzinapa, con lo que se generó un conflicto competencial.
El titular del Juzgado Segundo de Distrito rechazó ser competente para resolver esta nueva petición de Murillo Karam, por lo que será un Tribunal Colegiado el encargado de resolver cuál de los dos juzgadores será el que finalmente conozca de la demanda del ex funcionario.
Sin definir cuál Tribunal resolverá amparo de Murillo Karam
En un inicio, la demanda de Murillo Karam correspondió a la juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México quien incluso ya le concedió una suspensión definitiva.
Sin embargo, la juez envió el amparo al juez Segundo de Distrito ante quien el exprocurador presentó anteriormente una demanda contra su ilegal detención, incomunicación y la ejecución de cualquier orden de aprehensión.
Hasta el momento no se ha dado a conocer qué tribunal Colegiado resolverá el conflicto competencial entre ambos jueces federales, mientras tanto, la suspensión que le fue concedida al ex procurador permanecerá vigente.
PROCESO A MURILLO KARAM
El 24 de agosto pasado un juez de control vinculó a proceso a Jesús Murillo Karam, exprocurador General de la República, por los delitos de tortura, desaparición forzada de personas (reclasificación con base en el Código Penal Federal), delitos contra la administración de justicia, ante la supuesta indebida integración del expediente del caso Ayotzinapa, ya que presuntamente se fabricaron pruebas durante la investigación para dar con el paradero de los 43 normalistas desaparecidos desde septiembre de 2014.
En la audiencia celebrada en el Reclusorio Norte, el juez Marco Antonio Fuerte Tapia determinó que deberá permanecer en prisión preventiva justificada. A partir de esa fecha la Fiscalía General de la República (FGR) cuenta con 90 días para el cierre de la investigación complementaria.