Morena busca endurecer penas a jueces que incurran en delito de prevaricato

Diputados de Morena buscan que se endurezcan las sanciones en contra de jueces que incurran en prevaricato, delitos que contra la administración de justicia.

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Escrito por: Maxi Peláez

Ciudad de México. Morena impulsa reformas para sancionar hasta con 16 años y medio a los jueces que incurran en prevaricato, que son delitos contra administración de justicia y se favorezcan a inculpados por delincuencia organizada o evasión fiscal.

En una iniciativa, Manuel Alejandro Robles, diputado de Morena, propone reformar el artículo 225 del Código Penal Federal e incluir directamente la figura de los juzgadores como servidores públicos sujetos de delito de prevaricato, es decir, el que se comete por un servidor público al dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley.

Plantea penas que irían de los 6 años hasta 16 años y medio para los juzgadores que beneficien a acusados de la delincuencia organizada o evasión fiscal.

Los juzgadores cometerán el delito prevaricato cuando se dicten resoluciones a sabiendas que son ilícitas, violen algún precepto terminante de la ley, retarden o entorpezcan por negligencia la administración de justicia, aconsejen a las personas que ante ellos litiguen, conozcan de negocios para los cuales tengan impedimento legal, entre otras causas.

La iniciativa se analizará en comisiones de la Cámara de Diputados.

¿Qué es el delito de prevaricato?

La prevaricación o prevaricato, proviene del latín varicar, que quiere decir torcerse, es un delito que consiste en que una autoridad dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, dicha resolución es contradictoria a lo que dicta la ley. El prevaricato judicial también ocurre cuando un juez demora injustamente el proceso legal.

El artículo 290 del Código Penal de la Ciudad de México establece que, “ se impondrán de dos a ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos días de multa al servidor público que dicte sentencia definitiva o cualquier otra resolución de fondo que viole algún precepto terminante de la ley, o que sea contraria a las actuaciones legalmente practicadas en el proceso, o que no cumpla con una disposición que legalmente se le comunique por un superior competente”.

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