Cuando nos enteramos que alguna persona es detenida , sea hombre o mujer, en México, ¿te has percatado que la fotografía de esta aparece con los ojos cubierto con una banda negra o, bien difuminados? Esto tiene una explicación y aquí en Fuerza Informativa Azteca (FIA) te decimos por qué se debe hacer.
Las autoridades como policías de alguna Secretaría de Seguridad Pública o de una Fiscalía estatal del país suelen informar, por ejemplo, ante medios de comunicación y en sus redes sociales, que han logrado el arresto de alguien que era buscado al ser acusado de cometer uno o varios delitos.
Cubrir los ojos a un detenido en México ¿por qué se hace?
El descontento de la gente a veces exige que no se les debería cubrir los ojos a la persona detenida y se dé a conocer el nombre completo de esta, pues la ciudadanía argumenta que si se hace, así no se les puede identificar y por ende, no sabrían de quién se trata o si es alguien que conocen o han sido víctimas de la misma.
No obstante, ante la ley y el sistema penal actual de México, una autoridad debe presentarlos con los ojos cubiertos pues es su responsabilidad hacerlo por ser una dependencia que se rige al margen de la legalidad y que debe cumplir con la denominada presunción de inocencia.
¿Qué es la presunción de inocencia en México?
La presunción de inocencia en el país se aplica toda vez que una persona es señalada de cometer algún delito, o bien, cuando se le detiene porque fue acusada de participar en algún ilícito.
Aunque ante ello, es necesario precisar siempre que la persona que fue arrestada, hay que manifestar que es presunta o probable responsable, es decir, que supuestamente cometió el delito en contra de alguien.
El Diccionario panhispánico del español jurídico define la presunción de inocencia como el “derecho de toda persona acusada de alguna infracción penal a no sufrir una condena salvo que la culpabilidad haya quedado establecida en una sentencia firme tras un juicio justo”.
En seguimiento a una denuncia por la probable comisión del delito de violencia familiar, agentes de la @PDI_FGJCDMX detuvieron a un hombre posiblemente relacionado con dicha denuncia y con el delito de daño a la propiedad, ocurrido en un establecimiento ubicado en la alcaldía… pic.twitter.com/s0XVmVO7Up
— Fiscalía CDMX (@FiscaliaCDMX) July 9, 2024
Por ejemplo, imaginemos que un joven es acusado de abuso sexual . Este es detenido por policías y presentado ante una agencia del Ministerio Público de la Fiscalía.
Un ciudadano o la víctima podrá decir que el joven fue el responsable de la agresión sexual, sin embargo, será un juez quien determine eso con base en pruebas y defina la situación jurídica del detenido. Es decir, a una persona detenida se le debe considerar inocente de algún delito hasta que una sentencia condenatoria en su contra sea dictada.
El Artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, señala lo referente al principio de presunción de inocencia. En este se indica que “toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional”.
Pero una vez que se inicia un juicio contra el detenido, y si este es hallado penalmente responsable de la acción ilícita y se le dicta una sentencia por un juez, su fotografía ya no será presentada con los ojos cubiertos como se hace al principio.
Incluso, así como la cara no es mostrada de manera total, su nombre tampoco se da por completo, ya que el detenido tiene derecho a que se le considere inocente hasta que se demuestre lo contrario, pero si después recibe alguna sentencia, su nombre y rostro sí podrán ser dados a conocer.
#Sentenciado. Pablo Gutiérrez Aboytes fue sentenciado a 110 años de prisión, después de que la #FiscalíaEdoméx acreditó su intervención en el delito de homicidio calificado en agravio de sus padres, a quienes privó de la vida en abril de 2023 en el municipio de #ValleDeChalco.… pic.twitter.com/bHBXeNBIk3
— Fiscalía Edoméx (@FiscaliaEdomex) July 9, 2024