El SAT tiene acceso a estos datos personales y esta es la razón

Estos son los datos personales a los que tiene acceso el Servicio de Administración Tributaria, SAT, y se utilizan solo para la realización de trámites fiscales

Escrito por: Roberto Domínguez
computadora laptop datos personales
| Pexels

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un precepto contenido en el Código Fiscal de la Federación que le permitía al Servicio de Administración Tributaria, el SAT, verificar la identidad de las personas, es decir, sus datos personales, a petición de cualquier empresa privada que lo requiriera.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, como máximo tribunal, consideró que dicha facultad viola la privacidad de los datos personales de los contribuyentes.

¿A qué datos personales tiene acceso el SAT?

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) tiene acceso a datos sensibles de las personas físicas como los domicilios fiscales, los ingresos, las cuentas bancarias, las empresas para las que una persona labora o a las que le factura, hasta datos biométricos como huellas dactilares o el iris.

¿Qué puede hacer el Sistema de Administración Tributaria con mis datos personales?

Toda esta información es utilizada para comprobar la identidad del usuario y realizar trámites fiscales, llevar un registro del cumplimiento tributario y elaborar estadísticas, sin embargo, el Aviso de Privacidad del SAT señala que la institución no está autorizada para transferir información a terceros, salvo que así lo solicite una autoridad competente, por ejemplo en causas penales.

Y de acuerdo con la Ley del Servicio de Administración Tributaria en su Artículo Segundo, el SAT tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

SAT: 31 de julio, fecha límite para reclamar saldos a favor

En cuanto a la Declaración Anual cabe recordar que el pasado 2 de mayo fue la fecha límite que puso el SAT para presentar esta obligación, y que próximo el 31 de julio es la fecha límite para reclamar la devolución de saldos a favor de manera automática.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a Fuerza Informativa Azteca en Google News!
Escrito por: Roberto Domínguez

Otras Noticias

×