SCJN anula candado para que exfuncionarios trabajen en sector privado

La SCJN invalidó la prohibición de diez años para que exfuncionarios de alto nivel trabajen en sector privado, a propuesta de la ministra Norma Piña.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad la prohibición de diez años para que exfuncionarios de alto nivel trabajen en el sector privado, a las cuales vigilaban o regulaban desde el gobierno.

A propuesta de la ministra Norma Piña, el tribunal pleno se pronunció este lunes por anular el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, porque afecta la libertad de trabajo y porque el plazo que establece es excesivo.

Durante la sesión, los ministros de la SCJN coincidieron en que dijo que dicho párrafo establece un plazo innecesariamente largo, además de que se dirige a un universo de personas que resulta desproporcionadamente amplio.

La ministra Piña Hernández expuso que si bien la norma persigue como finalidad evitar actos de corrupción que afecten los intereses del servicio público, eliminando incentivos y conflictos de interés que puedan traducirse, por una parte, en que los servidores dañen los intereses públicos al ejercer su función para beneficiar a empresas privadas.

No existe razón que justifique la duración de la prohibición

Sin embargo señaló que no existe razón alguna que justifique que la duración de la prohibición de diez años corresponda con la posibilidad de realizar el fin perseguido, que es evitar conflictos de interés, eliminar actos de corrupción y proteger el servicio público y la eficacia del Estado, eliminando los incentivos que podrían inclinar a los servidores públicos a desviar su poder para beneficiar empresas privadas.

“Se establece que esta norma incide, efectivamente, en el alcance protegido por la libertad de trabajo restringiéndola, pues impide a sus destinatarios prestar libremente sus servicios a las empresas que regularon, supervisaron, respecto y/o, respecto de las cuales tuvieran información privilegiada por un periodo de diez años”, explicó Piña Hernández.

Los 11 integrantes de la Suprema Corte coincidieron además en que la Constitución establece medidas similares para otros cargos públicos, pero en ningún caso se rebasa la prohibición de tres años, y no se argumenta ninguna razón para que este plazo se aumente a diez años.

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