Tribunal amparó a Kamel Nacif en caso de tortura a Lydia Cacho

El tribunal colegiado revocó el fallo el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo, cuyo magistrado negó un amparo a Kamel Nacif.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Nacif

Ciudad de México.- Por mayoría de votos, un tribunal federal de Quintana Roo amparó al empresario mexicano de origen libanés, Kamel Nacif contra la orden de aprehensión girada en su contra por la tortura ejercida a la periodista Lydia Cacho en 2005.

En su sesión del pasado 15 de julio, las magistradas Selina Avante y Graciela Bonilla del Tercer Tribunal Colegiado de Quntana Roo revocaron el mandato de captura tras concluir que Nacif, quien fue detenido en Líbano en mayo pasado para testificar en el caso, no tuvo responsabilidad en los actos de tortura.

“Al no acreditarse dos elementos del cuerpo del delito, y considerando que el hecho que la ley señala como delito no tiene una pena privativa de la libertad a un tercero que no tenga la calidad de funcionario público, no se colman los extremos previsto en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 195 del Código Federal de Procedimientos Penales, en relación con el 23 constitucional, para emitir una orden de aprehensión”, concluyó el tribunal.

Promovió un recurso de revisión, el cual fue resuelto el pasado 15 de julio liberándolo de toda responsabilidad en el caso

Incluso, en la sentencia publicada este martes, se expone que sí existe una cadena de mando respecto a los servidores públicos que ejecutaron una orden de aprehensión contra Lydia Cacho y le infligieron actos de tortura.

“Sin embargo, lo que no está demostrado con las pruebas valoradas en la resolución que constituye el acto reclamado, es que durante su detención, se le infligieron actos de tortura como castigo por haber publicado un libro”, señalaron las magistradas de la mayoría.

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De esta forma, el tribunal colegiado revocó el fallo el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo, cuyo magistrado negó un amparo a Kamel Nacif, quien promovió el recurso de revisión, el cual fue resuelto el pasado 15 de julio liberándolo de toda responsabilidad en el caso.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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