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Corte pospone hasta enero decisión sobre etiquetado

Esquivel Mossa busca que la Corte avale reformas a la Ley General de Salud (LGS) vigentes desde noviembre de 2019, que regulan el etiquetado de productos

suprema corte
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En el tema del etiquetado de productos, por tercera ocasión la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospone el análisis del amparo promovido por una empresa refresquera contra la obligación de colocar en los envases de sus productos etiquetas que adviertan sobre exceso de azúcares, calorías y sodio en su contenido.

Durante la sesión de la Segunda Sala de este miércoles su ministra presidenta, Yasmín Esquivel, anunció que el caso será revisado hasta el 11 de enero de 2023 junto con otros dos amparos similares.

Proyecto de sentencia en etiquetado, avala la reforma a la Ley de Salud

Esquivel Mossa busca que la Corte avale las reformas a la Ley General de Salud (LGS) vigentes desde noviembre de 2019, que regulan el etiquetado y que han provocado la promoción de una serie de amparos de diversas empresas del sector.

Para la ministra las normas para el etiquetado frontal son constitucionales, pues tienen como finalidad proteger los derechos a la alimentación y a la salud del consumidor, al advertirle que algún producto contiene un exceso de sustancias que podrían causarle un daño.

"Atendiendo a las ventajas (inhibir o desincentivar el consumo de alimentos básicos para evitar enfermedades crónicas no transmisibles; hacer efectivo el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y proteger el derecho a la salud de la población) que se obtienen con el establecimiento de dicha medida se puede advertir que se justifican los sacrificios o desventajas (incidencia en hábitos alimenticios o la disminución en la venta de productos de la quejosa) que se producen con la misma", señala la propuesta.

Empresa se ampara contra etiquetado frontal y caso llega a la Corte

La demanda que analizará la Corte fue promovida por la empresa Desde el Corazón del Fruto SA de CV y en ella también impugna las modificaciones a la norma oficial mexicana NOM-051SCFI/SSA1-2010 , que establecen las reglas para el etiquetado frontal, que debe colocarse en forma de octágonos negros, con un texto blanco y en mayúsculas, advirtiendo del contenido de sustancias en exceso que puedan dañar la salud de quien consuma el producto.

La empresa sostiene que la LGS y la NOM vulneran sus derechos a la igualdad y seguridad jurídica, pues argumenta que no todos los productos alimenticios están obligados a portar las etiquetas, lo cual, constituye un acto de discriminación y lesiona los derechos al trabajo y a la libre concurrencia.

Notas