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¿Es ilegal quitar propaganda electoral de las calles? Lo que dice la ley a los actos anticipados de campaña

El caso de las pintas ligadas a Citlalli Hernández en la alcaldía Cuauhtémoc puso en la mesa una de las preguntas que más se hacen los ciudadanos: ¿Es ilegal quitar la propaganda electoral de las calles?

¿Te puede detener un policía por quitar propaganda electoral en calles?
¿Te puede detener un policía por quitar propaganda electoral en calles o puentes? Actos anticipados de campaña.|X.

Con la proximidad de los procesos electorales de 2027, las calles, puentes peatonales, semáforos y postes de la Ciudad de México y diversas entidades han vuelto a tapizarse con lonas, bardas pintadas y carteles de actores políticos que buscan posicionar su imagen de forma anticipada.

La saturación de publicidad ha provocado el hartazgo de la ciudadanía, detonando una ola de acciones donde habitantes deciden retirar por cuenta propia este material. Sin embargo, surge la duda constante entre la población sobre si es ilegal quitar propaganda política de la vía pública.

¿Te puede detener un policía por quitar propaganda electoral en calles o puentes?

La respuesta legal es clara: la ley no tipifica ni sanciona a un ciudadano común por retirar este tipo de publicidad del mobiliario público. En el marco normativo de la capital, el artículo 15 de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México prohíbe expresamente la colocación de propaganda o cualquier tipo de anuncio en el mobiliario urbano, incluyendo puentes, semáforos, postes de señalización y vegetación.

A pesar de la prohibición explícita, partidos y aspirantes suelen ignorar el reglamento para invadir los espacios comunitarios. Es aquí donde la norma respalda a la ciudadanía: el artículo 4 de la misma ley clasifica como "material abandonado" a todo aquel anuncio instalado en contravención de las disposiciones legales sobre la infraestructura pública, lo que habilita a cualquier persona a retirarlo sin incurrir en una infracción administrativa o delito.

Actos anticipados de campaña y la vía de la denuncia para inhabilitar aspirantes

Más allá de la contaminación visual que genera el despliegue anticipado de publicidad, la proliferación de lonas y promocionales personalizados en periodos no permitidos configura la posible comisión de actos anticipados de precampaña o campaña. La colocación extemporánea de imagen institucional o promocional busca vulnerar el principio de equidad en la contienda, utilizando vacíos o de plano la abierta violación a la norma para sacar ventaja electoral frente a sus competidores.

Ante este escenario, legisladores y especialistas señalan que retirar la basura electoral es un primer paso de resistencia ciudadana, pero llaman a complementar la acción mediante la denuncia formal ante las autoridades electorales locales y el Instituto Nacional Electoral (INE). Documentar mediante fotografía y ubicación la propaganda ilegal permite iniciar procedimientos administrativos sancionadores que, en casos graves de reincidencia o financiamiento no aclarado, pueden derivar en la inhabilitación del aspirante para obtener un registro oficial como candidato en 2027.