La adopción conlleva estabilidad material y emocional para el menor

La adopción es una solución tanto para infantes que por algún motivo no tienen familia, como para personas que desean ejercer su paternidad y maternidad así.

Por: Carolina Loaiza | TV Azteca Digital
Lo Que Callamos Las Mujeres
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La adopción es el medio por el cual aquellas personas menores que por diversas causas han terminado el vínculo con su familia, tienen la oportunidad de integrarse a un ambiente armónico, con la protección y el cariño de una nueva familia que propicie su desarrollo integral, material y emocional, que les dote de una infancia feliz y les prepare para la vida adulta.

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La adopción es una alternativa de solución a la situación de niños, niñas y adolescentes que no cuentan con una familia que les cuide y desarrolle. En la adopción, se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, quien adopta y quien es adoptado o adoptada, formándose deberes, derechos y obligaciones tal y como si fueran hijos, hijas, y padres o madres biológicos. La adopción se encuentra regulada por las leyes mexicanas y a nivel internacional, confiriéndose al adoptado los apellidos del adoptante y el parentesco que de la adopción resulte. Mediante la adopción, se cancela el vínculo de la infancia anterior, que por lo regular es la biológica, para pasar a ser parte de una nueva familia que velará por el interés superior de la persona adoptada.

¿Cómo funciona?


Es importante aclarar que, antes de llegar a una adopción, se agotan los esfuerzos por reintegrar a la persona menor con su familia nuclear, siempre y cuando las condiciones sean favorables. En algunos casos en que la familia nuclear no es alternativa para la infancia, se otorga la patria potestad a la familia extendida (otros familiares cercanos). Una vez que se han agotado estas opciones y no es posible su reintegración, se puede optar por la adopción.

Para otorgarse la adopción legal, se requiere de un proceso de certificación y compatibilidad ante la autoridad competente que busca garantizar en todo lo posible, el interés superior de la persona en adopción.

Cabe señalar que el Código Civil Federal en México, establece 3 tipos de adopción: simple, plena e internacional. La adopción simple es aquella que reconoce a la persona en adopción como hijo o hija legítimo de quien adopta y en la que la relación de parentesco sólo se establece entre el adoptante y el adoptado; esto es, el menor adoptado no tiene ningún vínculo con los parientes de la persona o personas que le adopten. Esta figura contempla la posibilidad legal de poder revocarla o impugnarla.

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Por su parte, la adopción plena se equipara al hijo o hija consanguíneo para todos los efectos legales, es decir la persona adoptada tiene en la familia del o los adoptantes los mismos derechos, deberes y obligaciones del hijo consanguíneo y debe llevar los apellidos del adoptante o adoptantes. Este tipo de figura es irrevocable y extingue la filiación preexistente entre el adoptado y sus progenitores y el parentesco con las familias de éstos, salvo para los impedimentos de matrimonio.

Por último, la adopción internacional es la promovida por personas de otro país con residencia habitual fuera del territorio nacional; y tiene como objeto incorporar, en una familia, a un menor que no puede encontrar una familia en su propio país de origen. Este tipo de adopción es plena.

¿Cuáles son sus causas?


Existen diversas razones que dan pie al hecho de la adopción, entre ellas:

- Existen dificultades para tener descendencia biológica.


- Existe conciencia social de quienes adoptan para no desear tener descendencia biológica y deciden adoptar.

- La infancia y adolescencia en centros de acogida, tienen antecedentes frecuentemente complejos y requieren personas que adopten: vivieron abandono por su ascendencia, provienen de entornos en pobreza extrema o falta de servicios, sufrieron abuso o maltrato, padecen alguna enfermedad o discapacidad, por circunstancias personales de su ascendencia no podían continuar con su custodia (por adicciones, trastornos de salud mental, cometieron algún acto ilícito) y por ello el Estado les retiró la patria potestad, etc.

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¿Cómo se puede atender?

Para llevar a cabo la adopción, es indispensable someterse a un proceso que tiene como objetivo, establecer la idoneidad de quienes van a adoptar. Una vez que se ha cumplimentado y certificado la viabilidad de quienes van a adoptar (mediante evaluaciones psicológicas, médicas, toxicológicas, socioeconómicas), se inicia una segunda etapa que consiste en buscar el niño, niña o adolescente idóneo para la adopción. Una vez resuelto esto, se realizan una serie de trámites legales, médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales con la o el infante que, de ser exitosos, se procederá a un periodo de convivencia entre persona adoptada y quien adopta para evaluar la compatibilidad entre ambas partes.

Superados estos filtros, el juez competente valorará si quienes solicitan cumplen con los requisitos establecidos en la ley y dictará sentencia decretando o negando la adopción.

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