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Sancionarán acaparamiento y reventa de boletos en espectáculos públicos

Prohíben sobre venta de lugares, se sancionará reventa y acaparamiento además obligar a reembolso de 100 por ciento en cancelaciones de espectáculos públicos.

Escrito por: TV Azteca
Comisión de Economía Cámara Diputados.jpeg
Comisión de Economía Cámara Diputados

Por mayoría de votos la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó reformas para frenar los abusos en la compra de boletos para espectáculos públicos en contra de los consumidores, sancionar el acaparamiento y la reventa y garantizar la devolución de dinero en caso de cancelación.

El dictamen especifica que la multa podría alcanzar hasta los 3 millones y medio de pesos por el acaparamiento y reventa de boletos ya sea física o de manera digital. La Profeco sería la responsable de aplicar la sanción.

El dictamen que reforma la Ley Federal de Protección al Consumidor fue aprobado por 24 votos a favor y 11 abstenciones.

Obligan a la Profeco a proteger los derechos de los consumidores que compren boletos para espectáculos públicos por cualquier medio autorizado.

Se establecen obligaciones para los proveedores de espectáculos públicos ya sea artístico, cultural o deportivo, entre estas figuran:

• Garantizar la entrada de las personas que cuenten con algún medio valido para su acceso cuando este haya sido emitido por el proveedor de servicios o un tercero autorizado.

• No podrán ofrecer accesos que sobrepasen el número de lugares disponibles en los sitios del evento, espectáculo o exhibición que sea ofertado.

• En caso de reemplazo de boletos o accesos de un evento, por casusa legitima, se deberán cancelar de inmediato los boletos emitidos originalmente y entregar los nuevos al consumidor

• No podrán, por ningún motivo, condicionar o negar la entrega de boletos o accesos validos a los ciudadanos que compraron boletos cuando hayan sido emitidos por el proveedor del servicio de entretenimiento o por el tercero designado por éste.

• Cuando exista venta de boletos para un espectáculo en taquillas, puntos de venta físicos, líneas telefónicas, internet o cualquier medio físico o digital autorizado por el proveedor se deberá emitir al consumidor al momento de realizar el cobro un boleto físico o electrónico con medidas de seguridad, confiabilidad o inviolabilidad que garanticen su acceso, sin necesidad de acudir a otros lugares que generen gastos adicionales al comprador.

Se garantizará reembolso íntegro en caso de cancelaciones

Los diputados de la Comisión de Economía incluyeron clausulas para garantizar el reembolso en caso de cancelación de cualquier espectáculo público. La devolución será del 100% de lo pagado por el boleto y los cargos cobrados por cualquier tipo de servicios.

El reembolso deberá hacerse en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir del anuncio de la cancelación del evento.

La reforma también incluye que cuando las presentaciones sean pospuestas el consumidor podrá optar por la nueva fecha del evento o pedir su reembolso.

Se facultad a la Procuraduría Federal del Consumidor para sancionar el acaparamiento de boletos y la reventa no autorizada de boletaje para espectáculos públicos que se ofrezcan o comercialicen a través de internet o cualquier otro medio físico o digital.

La reventa será sancionada con multas que van de 895 mil pesos la mínima hasta 3 millones 502 mil pesos la máxima.

Además, los proveedores deberán implementar protocolos de prevención y denuncia que busquen evitar el acaparamiento y la reventa no autorizada de boletos.

El proveedor de boletos digitales deberá también informar a los consumidores de manera precisa y certera en su página digital de términos y condiciones, el costo total de los servicios, cargos o comisiones a pagar

El dictamen se turnó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para que se agenda para discusión y votación en el próximo periodo de sesiones que iniciara en septiembre en San Lázaro.

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Escrito por: TV Azteca

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