La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que las personas con discapacidad, en particular quienes viven conespectro autista, tienen derecho a la educación inclusiva de calidad y con los ajustes razonables, así como a ejercer su capacidad jurídica para tomar sus propias decisiones.
A propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, la Primera Sala del máximo tribunal confirmó el miércoles la constitucionalidad de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista tras revisar dos amparos en los que se alegaba que nunca se consultó a las personas con discapacidad para elaborar la legislación.
Por mayoría de votos la SCJN concluyó que que, para la elaboración y emisión de la ley sí se realizó una consulta a las organizaciones representativas de las personas con discapacidad quienes incluso participaron en el proceso legislativo.
Se prevé inclusión de personas con espectro autista en la ley, determina la SCJN.
Respecto al reconocimiento fundamental del derecho de las personas con espectro autista a tomar sus propias decisiones la Sala señaló que la legislación si prevé este aspecto para ser ejercido por sí o a través de sus padres o tutores en defensa de sus legítimos derechos además de que debe interpretarse en el sentido que las decisiones se deben tomar “por sí” mismas o, de ser el caso, a través del modelo de asistencia y no como sustitución de la voluntad.
La Sala también resolvió que debe reconocerse el derecho a la educación inclusiva de calidad en términos amplios, aplicables al sector público y privado.
Esto con el objetivo de integrar la accesibilidad y realizar los ajustes razonables necesarios, tomando en cuenta los cambios y modificaciones que ello implica para los modelos de enseñanza, y de conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas.
