¡Saca cuentas! Esto deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre

La Ley Federal del Trabajo establece que los patrones deben cubrir un pago extra para aquellos empleados que acudan a las oficinas el próximo 16 de septiembre.

¡Saca cuentas! Esto deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre
El 16 de septiembre se conmemora la Independencia de México|Unplash.

Escrito por: Alexis Pérez Cerino

Los días de descanso obligatorios en 2023 se están agotando, pero muchos todavía tienen en puerta el 16 de septiembre, fecha en que se conmemora la Independencia de México y en la que muchos cobrarán “extra” si son llamados a trabajar.

Estos días, establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, tienen como fin que los trabajadores celebren festividades cívicas o religiosas sin compromiso alguno. Por esta razón se debe cubrir un pago especial para aquellos que son convocados por sus empleadores.

Antes de avanzar es indispensable saber que las prestaciones señaladas son aplicables, según el gobierno de México, solo para los empleados formales que cuenten con un contrato de trabajo vigente.

¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 16 de septiembre?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social explica que los patrones deberán informar, con anticipación, el número de empleados que prestarán su servicio en un día de descanso obligatorio. Posteriormente, los trabajadores cumplirán con sus labores y tendrán derecho a que se les pague un salario doble.

De esta manera, si un empleado gana 500 pesos diarios y es convocado a trabajar el próximo 16 de septiembre la empresa tendrá que pagarle de forma adicional mil pesos, con lo cual recibiría en total mil 1500 pesos (sueldo base más el doble por el día de descanso obligatorio).

¿Cuántos días de descanso obligatorios quedan en 2023?

En 2023, los tres días de descanso obligatorio que quedan, según el artículo de la Ley Federal del Trabajo son:

  • 16 de septiembre: Día de la Independencia de México
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración de la Revolución Mexicana
  • El 25 de diciembre, por las fiestas navideñas

Estos pueden incrementar según lo determinen cada año las leyes federales y locales, principalmente por procesos electorales en los que empresas están obligadas a garantizar el derecho al voto.

“Es obligación de las y los patrones: Conceder a las y los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, a que se refiere el artículo 5o., de la Constitución, cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo”, expone la Ley Federal del Trabajo.

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