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Corte anula facultad de SAT de verificación de la identidad de particulares

El SAT pierde la capacidad de verificar la identidad de personas físicas por mayoría de votos en la SCJN por protección a datos personales.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Cambio en el SAT de la factura electrónica
SAT | Crédito: Freepik /Freepik

Con el fin de evitar la revelación indebida de datos personales, la Suprema Corte declaró la invalidez de la disposición del Código Fiscal de la Federación que faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a realizar la verificación de identidad de particulares.

Este sistema permitía a cualquier empresa solicitar al SAT la verificación de la firma electrónica de un causante, contrastándola con su base de datos, la cual incluye la información biométrica.

“El precepto impugnado establece la facultad del SAT de disponer de las bases de datos, consistentes en los datos biométricos, para dar el servicio a la verificación de la identidad de los usuarios a cualquier persona que lo solicite. En la consulta (el proyecto de sentencia) se subraya que este servicio se presta sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionarse en su uso para la realización de fines legales legítimos”, señaló el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena al exponer su proyecto de sentencia.

¿Cuál fue la postura en la SCJN?


Para el máximo tribunal no es posible vulnerar la reserva de los datos personales de los ciudadanos, bajo resguardo de un órgano de gobierno, sin una finalidad constitucionalmente válida.

De esta forma, por mayoría de votos la SCJN anuló la posibilidad contenida en el Código Fiscal de la Federación para que el SAT verifique la identidad de las personas físicas, a petición de cualquier empresa privada que lo requiera.

Por mayoría de ocho votos, el tribunal pleno declaró inconstitucional el artículo 17-F del CFF, el cual disponía que: “Los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firma de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de los usuarios.”

¿Por qué el SAT ya no pueda verificar la identidad de personas físicas?

Este sistema permitía a cualquier empresa solicitar al SAT la verificación de la firma electrónica de un causante, contrastándola con su base de datos, la cual incluye la información biométrica del causante.

Un bloque mayoritario de ministros recordó además que en un caso similar anterior, la impugnación al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), se concluyó que no es posible vulnerar la reserva de los datos personales de los ciudadanos, bajo resguardo de un órgano de gobierno, sin una finalidad constitucionalmente válida.

A su vez, la ministra Loretta Ortiz Ahlf aseguró que este manejo de la información biométrica de los causantes vulnera la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como también los derechos humanos, a la privacidad, intimidad y protección de datos personales.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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