Porfirio Muñoz Ledo se queda sin curul: Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la decisión de Morena en la que no fue incluido en las listas a Porfirio Muñoz Ledo .

Porfirio Muñoz Ledo
Porfirio Muñoz Ledo

Escrito por: Jaime Guerrero

Ciudad de México. Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, por la que no se incluyó a Porfirio Muñoz Ledo en la lista como candidato a la reelección a diputado federal por el principio de Representación Proporcional.

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Muñoz Ledo no se inscribió en procedimiento

Según los magistrados Muñoz Ledo no cumplió con el procedimiento para hacerlo.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior observó que Muñoz Ledo y Lazo de la Vega no se inscribió en el procedimiento, por lo que no había deber alguno para valorar su perfil.

El 15 de diciembre de 2020, Muñoz Ledo presentó, ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados, la carta de intención para ser reelecto. El día 23 el Comité Ejecutivo Nacional de Morena emitió la convocatoria al proceso de selección de sus candidaturas a diputaciones federales, por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Elecciones le hizo ajustes. Posteriormente se publicó la lista de candidaturas a diputaciones.

Muñoz Ledo acudió al Tribunal Electoral

El 29 de marzo de 2021, Porfirio Muñoz Ledo presentó escrito ante la Comisión Nacional de Elecciones para ser considerado para su reelección; sin embargo, no resultó seleccionado.

Tras la impugnación el Tribunal ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia decidir si tenía o no derecho a ser considerado al cargo que aspiraba.

Morena confirmó la negativa. Argumentó que el diputado no hizo el registro de acuerdo con la convocatoria interna del partido.

Porfirio Muñoz Ledo, en sus argumentos, aseguró que la Comisión incurrió en una omisión procesal, incumplió con las obligaciones establecidas en la Ley General de Partidos Políticos y en su estatuto interno. Incluso enfatizó que realizó su registro en tiempo y forma.

Al realizar el estudio de fondo, las magistradas y los magistrados consideraron infundados e inoperantes los agravios expuestos por Muñoz Ledo.

En el análisis se observó que Muñoz Ledo no se inscribió en el procedimiento, por lo que no había deber alguno de valorar su perfil.

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