La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que la Comisión Federal de Competencia Económica cobre multas a empresas por cada día que se incurra en incumplimiento al ser requerida información, mediante una orden de comparecencia o cualquier otra instrucción dictada en un procedimiento de investigación o juicio por presuntas prácticas monopólicas.
Se trata de un amparo promovido por Walmart al señalar que la medida puede ser infinita, pues no marca un máximo en la sanción.
La ministra, Yasmin Esquivel, sostuvo en su proyecto que la sanción no es infinita ya que el fin depende del cumplimiento de las empresas.
La SCJN únicamente analizó la constitucionalidad del artículo 126, fracción II de la Ley Federal de Competencia Económica, respecto al monto de la multa a la empresa será competencia de un Tribunal Colegiado.
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La constitucionalidad del artículo 126, fracción II, de la Ley Federal de Competencia Económica fue uno de los temas analizados hoy en el Pleno de la #SCJN, al discutirse el amparo en revisión 38/2026.
— Yasmín Esquivel Mossa (@YasminEsquivel_) April 28, 2026
El proyecto plantea que las multas , previstas como medida de apremio ante el… pic.twitter.com/CbxSvDv4re
¿Por qué la Corte avaló multas por día y cómo funcionan según Yasmín Esquivel?
A través de redes sociales, la ministra Yasmín Esquivel explicó que la decisión de la Suprema Corte se centró en la constitucionalidad del artículo 126 de la Ley Federal de Competencia Económica, el cual permite imponer multas por cada día de incumplimiento en investigaciones por prácticas monopólicas.
El análisis se dio en el amparo en revisión 38/2026, donde se evaluó si estas sanciones vulneran derechos de las empresas.
De acuerdo con la ministra, las multas no son automáticas ni ilimitadas, sino que dependen directamente de la conducta de las compañías; es decir, se mantienen mientras no se entregue la información requerida por la autoridad.
Bajo este criterio, la medida funciona como un mecanismo de presión para asegurar el cumplimiento de las investigaciones y no como una sanción desproporcionada.
El proyecto sostiene que esta herramienta no viola la seguridad jurídica ni el principio de proporcionalidad, por lo que se propuso confirmar su validez constitucional dentro del sistema de competencia económica.
