¡Que no te tome por sorpresa! Las scooters y bicis eléctricas en la Ciudad de México están por entrar en una nueva etapa de regulación, con la aplicación de sanciones para quienes no cumplan con las normas establecidas.
Las autoridades capitalinas ya fijaron una fecha clave para el inicio de las multas, por lo que usuarios deberán conocer las reglas vigentes para evitar infracciones y circular de manera segura.
¿De cuánto serán las multas para scooters y bicis eléctricas?
El decreto fija plazos para regularizar las unidades antes de aplicar sanciones de tránsito:
- Unidades anteriores: Límite hasta el 20 de noviembre de 2026.
- Unidades nuevas: Obligatorio a partir del 1 de julio de 2026.
Al vencer los plazos, circular sin matrícula posterior, tarjeta de circulación o distintivo DME ameritará multas económicas, sanciones administrativas y la remisión del vehículo al depósito.
🚨 Si usas scooter o moto eléctrica, esta información es para ti
— Azteca Noticias (@AztecaNoticias) May 6, 2026
La #CDMX implementará el emplacamiento obligatorio para vehículos de movilidad eléctrica en 2026. 🛵 pic.twitter.com/B6MCuZKDQG
En la CDMX, las multas para scooters y bicicletas eléctricas por no usar casco o invadir carriles confinados se aplican de manera escalonada y pueden representar un golpe importante al bolsillo.
La primera infracción se sanciona con 10 UMAs (1,085.70 pesos), la segunda con 15 UMAs (1,628.55 pesos) y a partir de la tercera falta asciende a 20 UMAs (2,171.40 pesos).
Además del pago económico, estas sanciones contemplan la remisión inmediata del vehículo al depósito, conocido como corralón.
"Pero hay algunas variaciones, dependiendo si es VMPA o VEMEPE, cometiendo, sobre todo las infracciones de invasión o de entrada a carriles de vías primarias y dependiendo de la velocidad, de 40 kilómetros por hora o 50 kilómetros por hora", mencionó Pablo Vázquez Camacho, secretario de Seguridad Ciudadana.
Conductos que van a ser penalizadas en CDMX
Las nuevas disposiciones en la Ciudad de México contemplan sanciones para los conductores de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), categoría que incluye scooters y otros transportes eléctricos que superan los 25 km/h y cuentan con motores de cierta potencia, además de clasificarse según su peso.
Entre las principales obligaciones están portar matrícula y distintivo de movilidad eléctrica, usar casco de forma obligatoria, contar con licencia de conducir según el tipo de unidad y respetar las zonas autorizadas para circular.
Regulamos el uso de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales para mejorar la convivencia con todas las formas de movilidad y establecer reglas justas para todas y todos. ✨🛴🛵
— Secretaría de Movilidad CDMX (@LaSEMOVI) May 18, 2026
Ahora los propietarios deberán de cumplir con obligaciones, esto es todo lo que necesitas saber… pic.twitter.com/EglOKOFcLn
Asimismo, queda prohibido transitar por ciclovías, banquetas y carriles confinados, por lo que incumplir estas reglas puede derivar en sanciones.
Zonas en CDMX donde se vigilará el uso de estos vehículos
En la Ciudad de México, la vigilancia del uso de scooters y vehículos eléctricos personales se concentrará en zonas de alta afluencia y movilidad, donde se ha detectado mayor uso de estos medios de transporte.
Entre los puntos clave destacan avenidas principales, corredores de transporte público y áreas céntricas de alcaldías como Cuauhtémoc, Benito Juárez y Miguel Hidalgo.
Además, se pondrá especial atención en zonas turísticas y comerciales, así como en inmediaciones de ciclovías y carriles confinados, con el objetivo de garantizar que se respeten las nuevas disposiciones y mejorar la seguridad vial.
