La Secretaría de Marina (Semar) ahora tendrá más facultades para construir, reconstruir y conservar obras portuarias, marítimas y de dragado. Además, la institución naval puede autorizar esas obras “cuando sobrepasen sus capacidades técnicas y operativas”.
Esto es parte de lo que se establece en un decreto publicado este viernes 1 de diciembre de 2023, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Armada de México.
¿Qué alcance tendrá la Secretaría Marina en puertos?
Con las modificaciones y adiciones, a la Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) se le faculta para “construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que requiera la Armada y la Secretaría de Marina; las obras marítimas, portuarias y de dragado que requiera el país y, en su caso, autorizarlas cuando sobrepasen sus capacidades técnicas y operativas”.

Además, la Marina ahora puede ahora realizar la construcción o desarrollo de obras “que requiera el interés nacional en áreas estratégicas y prioritarias vinculadas al desarrollo marítimo”.
La reforma también establece que la Semar puede “inspeccionar, patrullar y llevar a cabo labores de reconocimiento y vigilancia para preservar, las Áreas Naturales Protegidas, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables”.
Según información de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante de la Semar, al cierre de 2023, se habrá rebasado la cifra histórica de 8.2 millones de contenedores operados en México.