¿Hallaron algo? Catean casas ligadas a Alex Marín, acusado por explotar sexualmente a una menor

La audiencia de vinculación a proceso de Alejandro “N”, detenido el 28 de mayo de 2025 en Puerto Vallarta, se realizará el próximo 2 de junio.

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El creador de contenido fue detenido en Puerto Vallarta.|Fiscalía de Jalisco.

Escrito por: Iván Ramírez

Agentes de la Fiscalía del Estado de Jalisco catearon tres domicilios como parte de la investigación iniciada contra Alejandro “N”, creador de contenido conocido como Alex Marín, detenido por presuntamente explotar sexualmente a una menor.

La institución informó este sábado 31 de mayo de 2025 que se ejecutaron cateos simultáneos en tres domicilios de Zapopan, como parte de las investigaciones por este caso de presunta trata de personas con fines de explotación sexual.

¿Dónde se ubican los inmuebles cateados tras la detención de Alex Marín?

La fiscalía estatal dio a conocer que cuenta con evidencias y testimonios que se suman a la carpeta de investigación, la cual luego de que los padres de la menor de 16 años de edad denunció los hechos.

Agentes acudieron ayer a tres predios distintos ubicados en el municipio de Zapopan, donde se inspeccionaron también los alrededores y se entrevistó a vecinos para conocer si presenciaron algo relacionado con la investigación. Los domicilios se ubican en:

  • Fraccionamiento Natura Residencial
  • Fraccionamiento Monte Verde
  • Colonia Jardines del Valle

¿De qué se le acusa al creador de contenido Alex Marín?

Alejandro “N” fue detenido en Puerto Vallarta el 28 de mayo pasado al contar con una orden de aprehensión en su contra y actualmente permanece en prisión preventiva oficiosa.

Se tiene programado que el próximo 2 de junio se realice la audiencia de vinculación a proceso a las 10:30 horas. Es acusado por el delito de trata de personas en su modalidad de prostitución ajena u otras formas de explotación sexual.

La investigación señala que el creador de contenido habría aprovechado un presunto vínculo con una menor de edad para sostener relaciones sexuales con ella, así como de ofrecerla a otras personas a cambio de dinero y videograbarla.

¿Cuántos años de cárcel podría recibir Alex Marín?

La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos establece diversas sanciones que podrían aplicarse al caso de Alex Marín, quien hasta ahora es presunto responsable. Los años de cárcel que podría pasar serían de acuerdo a los siguientes criterios legales:

  • Artículo 13

Una pena de 15 a 30 años de prisión y a un mil a 30 mil días multa, cuando alguien se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual remunerada

  • Artículo 14

La persona podría recibir de 10 a 15 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, cuando someta a alguien o se beneficie de someter a una persona para que realice actos pornográficos, o produzca o se beneficie de la producción de material pornográfico, o engañe o participe en engañar a una persona para prestar servicios sexuales o realizar actos pornográficos.

Para lo anterior, también se considerará el uso de las tecnologías de la información y comunicación, tales como herramientas, programas, plataformas y dispositivos que se utilizan para procesar, administrar, editar, difundir, o crear contenido con la información o material de la víctima.

  • Artículo 15

La pena será de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, a quien se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio

  • Artículo 16

Se establecerán de 5 a 30 años de prisión y de 2 mil a 60 mil días multa, a quien obligue facilite o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de dieciocho años de edad a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal, con fines sexuales, reales o simulados, con el objeto de producir material a través de video y se beneficie económicamente de la explotación de la persona. Si esto ocurre bajo el uso de la fuerza, el engaño, la violencia física o psicológica, la pena prevista en el párrafo anterior se aumentará en una mitad.

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