A través de la Recomendación 70VG/2022, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presume que elementos de la Guardia Nacional (GN) cometieron uso indebido de la fuerza y provocaron la muerte de una mujer que viajaba en la carretera Zapotlanejo en el Estado de Jalisco.
La recomendación dirigida a la titular de la Secretaría de Protección Ciudadana (SSPC) Rosa Icela Rodríguez Velázquez, refiere violaciones graves a los derechos humanos, con motivo de la agresión cometida en contra de una pareja que se trasladaba por la carretera libre Zapotlanejo-Guadalajara, a bordo de una camioneta.
Según estos, tres elementos pertenecientes a la GN llevaron a cabo una persecución en la que accionaron sus armas, provocando la muerte de la mujer que cursaba el segundo mes de gestación.
La GN habría iniciado la persecución, según la CNDH
La CNDH detalló que existen testimonios y pruebas documentales con las que se puede corroborar que la pareja circulaba por la carretera a bordo de un vehículo y que al momento de rebasar una unidad de la GN con tres tripulantes, estos notaron que su camioneta no tenía placas y conducía a presunto exceso de velocidad.
En consecuencia les habrían marcado el alto; sin embargo, inició la persecución.
Luego de los hechos, presumen que los uniformados se dieron cuenta de que la mujer embarazada y menor de edad, había fallecido por los disparos.
Elementos de la @GN_MEXICO_ provocaron la muerte de una #Mujer menor de edad embarazada tras una persecución. Por el uso indebido de la fuerza emitimos la #Recomendación 70VG/2022.
— CNDH en México (@CNDH) October 10, 2022
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CNDH acusa a la GN ejercer uso indebido de la fuerza
En su recomendación, la CNDH reiteró que se cuenta con evidencia suficiente para acreditar que los integrantes de la GN accionaron sus armas de fuego en contra de las dos víctimas y que no se ajustaron a lo establecido en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, el Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas, ni tampoco a lo establecido en los estándares internacionales, como son los Principios Básicos de la ONU sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
En consecuencia, por lo que acusan que su actuación derivó en un uso ilegal y excesivo de la fuerza letal, que vulneró el derecho humano a la vida, a la integridad, a la seguridad personal y legalidad, de las dos víctimas de la agresión.
La CNDH considera que el uso de la fuerza aplicado por los elementos de la GN no fue gradual, ni se intentó reducir al mínimo los daños, y no se advirtió que hayan intentado realizar maniobras menos letales, ni pudieron acreditar que el uso de las armas haya sido estrictamente inevitable, como lo establece la legislación aplicable.
Acusan que tampoco se aplicó por parte de los elementos de la GN el principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza, por lo que se incumplieron los principios de legalidad, racionalidad, congruencia, oportunidad, eficiencia y profesionalismo que rigen su actuar.
CNDH pide reparación del daño a las víctimas
La CNDH pidió a la titular de la SSPC que tramite de inmediato la inscripción de las víctimas directas, y de aquellas personas que resultan ser víctimas indirectas, en el Registro Nacional de Víctimas, conforme al procedimiento legal establecido, para que se proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado, que deberá incluir una compensación justa, tomando en cuenta la gravedad de los hechos, y por el daño ocasionado al proyecto de vida de las víctimas.
Además rehabilitación a los familiares de la víctima a través de atención tanatológica y psicológica, por parte de personal especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas, así como proveerles los medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos.