Cofepris incumplió mandato de la Corte sobre cannabis recreativa: Juez

Un juez dio la razón a una persona que se quejó de que Cofepris no le entregó su autorización para sembrar, cultivar y consumir cannabis.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
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Un juez federal concluyó que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) incumplió con el mandato, dentro de una declaratoria general de inconstitucionalidad, de la Suprema Corte de permitir el consumo recreativo de cannabis y entregar a los ciudadanos que así lo pidan los permisos correspondientes.

El titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Jonathan Bass dio la razón a una persona que se quejó de que las autoridades de la Secretaría de Salud no le entregaron su autorización para sembrar, cultivar, cosechar y consumir cannabis.

“Se ordena a las autoridades denunciadas que, dentro del plazo de tres días, siempre que se compruebe la mayoría de edad de la denunciante, le otorguen una autorización sanitaria para realizar realizar actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos.”, concluyó el juzgador.

Un ciudadano promueve denuncia por incumplimiento

Lo anterior luego de que un ciudadano promoviera una denuncia por incumplimiento de una declaratoria general de inconstitucional, en este caso la que realizó la Suprema Corte respecto a la prohibición absoluta al uso recreativo de mariguana.

En la sentencia se expone que la denuncia es fundada dado que la negativa contenida en el oficio que negó el permiso para consumo lúdico constituye un acto de aplicación de los preceptos legales declarados inconstitucionales por la SCJN.

“En la declaratoria general de inconstitucionalidad estudiada, el Tribunal Pleno determinó, primero, expulsar del sistema jurídico mexicano los artículos estudiados y, segundo, vincular a la Secretaría de Salud para que, mediante la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, emita lineamientos y autorizaciones para autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos bajo las condiciones establecidas en la propia ejecutoria”, se explicó.

Incluso, el juez relató que cuando la denunciante acudió ante la Cofepris para solicitar tal autorización, esta le fue negada bajo el argumento de que dicha institución pública carece de facultades para ello.

“(Esto) claramente contraviene los efectos dados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018 e implica la aplicación de los artículos invalidados en ella puesto que convalida el vicio de inconstitucionalidad advertido en estos”, señaló Bass Herrera.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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