La Constitución Política Mexicana tiene una trayectoria muy importante en la historia política del país, pues a lo largo de los años se ha ido modificando hasta lo que se conoce hoy. Actualmente, la Carta Magna bajo la cual se rigen las leyes, es la de 1917, esta tiene algunos datos curiosos. Fuerza Informativa Azteca te dice cuál es el artículo más largo del documento y de qué se trata.
El documento entró en vigor el 1 de mayo de 1917 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el mismo día. La nueva Constitución incluyó gran parte de los ordenamientos de la de 1857.
📌 Hoy en México celebramos el aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Carta Magna que define la política exterior mexicana. ¡Orgullo de nuestra patria!
— Relaciones Exteriores (@SRE_mx) February 5, 2023
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¿Cuál es el artículo más largo de la Constitución Mexicana?
El artículo 41 de la Carta Magna es el más extenso, pues tiene al menos 14 páginas y dice que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión. Asimismo, se explica que “La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizara mediante elecciones libres, auténticas y periódicas”, esto conforme a las bases establecidas en el artículo.
Este está dividido en apartados A, B, C y D, además de seis capítulos.
¿Cuál es el artículo más corto de la Constitución Mexicana?
El artículo más corto de la Constitución Política Mexicana es el 57, el cual solo dice: “Por cada senador propietario se elegirá un suplente”. Cabe destacar que en la Carta Magna hay varios artículos que no rebasan las dos líneas de texto, por lo que son muy cortos.
¿Cuántos artículos tiene la Constitución Mexicana?
En total, la Carta Magna cuenta con 136 artículos divididos en nueve títulos, los cuales están subdivididos en capítulos. El texto está conformado por dos partes, conocidas como la dogmática y la orgánica.
“En la dogmática quedaron consignadas las garantías individuales y se reconocen derechos y libertades sociales. La parte orgánica corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado”, se especifica en la página oficial del Senado de la República.