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¿Aumentó? Multa por invadir ciclovía en CDMX 2026: cuánto cuesta y quiénes serán sancionados

Invadir o estacionarse en una ciclovía en la CDMX en 2026 podría salirte muy caro con una multa para estos conductores por obstruir estos espacios exclusivos.

Multa por invadir la ciclovía en CDMX en 2026: ¿cuánto es el costo?
La multa por invadir el carril de la ciclovía en CDMX se actualizó en 2026 con la nueva UMA.|SSC CDMX

Invadir una ciclovía en la Ciudad de México (CDMX) en 2026 podría costarte muy caro, ¿cuál es el costo de la multa por bloquear el paso a los ciclistas en su carril?

Estacionarse, detenerse o circular sobre una ciclovía puede generar sanciones económicas importantes, de acuerdo con la norma oficial que las autoridades han establecido en el reglamento de tránsito.

¿Cuánto cuesta la multa por invadir una ciclovía en CDMX en 2026?

La multa por invadir, circular o estacionarse sobre una ciclovía en la CDMX en 2026 puede alcanzar varios miles de pesos.

Las multas se calculan conforme a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se toma como referencia económica en pesos y actualmente equivale a $117.31 pesos.

De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX, la multa por invadir el carril para ciclistas puede ser de 15, 17 o 20 veces este valor, por lo que el pago será de $1,760, $1,994 y $2 mil 346 pesos.

¿Quiénes puede ser multados por invadir la ciclovía en CDMX?

El Artículo 30 del Reglamento de Tránsito indica que no está permitido estacionar vehículos motorizados sobre banquetas y cruces peatonales, así como vías ciclistas exclusivas, y basta con que cualquier parte del vehículo se encuentre sobre estos espacios para que sea sancionado.

Esta sanción aplica para personas que conduzcan automóviles y motocicletas, incluso camiones de carga que se estacionen para descargar mercancía.

Los ciclistas que se estacionen dentro de estos espacios no serán sancionados, de acuerdo con la Fracción XIX del mismo Artículo 30.

¿Me pueden llevar al corralón por invadir la ciclovía en CDMX?

Existe un fundamento oficial en el Reglamento de Tránsito de la CDMX que menciona en qué casos se puede llevar el automóvil de un conductor al corralón.

El Artículo 67, en su Fracción II, establece que se podrá remitir al depósito los vehículos que no respeten las fracciones del Artículo 60, entre ellas, el respeto a la ciclovía.

El traslado del vehículo será cuando el conductor no esté presente, es decir, que se estacionó y dejó la unidad, o bien, se niegue a mover el automóvil o motocicleta de inmediato después de haberse impuesto la infracción.

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