El Congreso del Estado de Veracruz aprobó una serie de reformas constitucionales destinadas a regular el procedimiento de revocación de mandato para la gubernatura. El dictamen, avalado por la mayoría oficialista, establece las reglas de participación ciudadana de cara al ejercicio que podría llevarse a cabo en 2028. Sin embargo, las modificaciones introducidas fijan criterios de una exigencia técnica y territorial tan elevada que son calificadas como un blindaje político absoluto en favor de la gobernadora Rocío Nahle.
La reforma al artículo 15 de la Constitución local cambia por completo las reglas del juego en comparación con el esquema federal, elevando las barreras de entrada para los ciudadanos que pretendan promover la consulta.
Los candados del Congreso de Veracruz para la revocación de mandato
El principal punto de fricción radica en el porcentaje de apoyo ciudadano indispensable para activar el mecanismo. Mientras que a nivel federal la Constitución de la República exige únicamente el respaldo del 3 por ciento de la Lista Nominal de Electores para solicitar la revocación del Presidente, los diputados veracruzanos determinaron que en la entidad el requisito mínimo será del 10 por ciento. Esta diferencia porcentual se traduce en la obligación de recolectar aproximadamente 750 mil firmas de ciudadanos con credencial de elector vigente.
Establece Congreso reglas para el procedimiento de Revocación de Mandato
— Congreso de Veracruz (@legisver) July 7, 2026
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Además del volumen de firmas, la nueva legislación impone estrictas condiciones de dispersión territorial y plazos de tiempo que complican la logística de recolección:
- Dispersión territorial municipal: Las 750 mil firmas no podrán concentrarse en las principales urbes del estado. El respaldo ciudadano deberá estar distribuido en cuando menos la mitad más uno de los municipios de la entidad; es decir, se requiere la participación activa de habitantes en al menos 107 municipios de los 212 que conforman Veracruz.
- Representatividad interna: En cada uno de esos 107 municipios alcanzados, los promotores de la consulta tendrán que registrar las firmas de, como mínimo, el 3 por ciento de la Lista Nominal local de esa demarcación específica, evitando que el apoyo sea meramente simbólico en las zonas rurales o de menor densidad.
- Tiempo límite: Las autoridades legislativas acotaron el periodo de recolección a un margen sumamente estrecho. Los ciudadanos interesados contarán con un plazo único de un mes para juntar la totalidad de las firmas, fijado formalmente del 1 al 30 de noviembre de 2027.
Oposición acusa candados insuperables; Morena defiende el consenso amplio
La aprobación de esta reforma por 39 votos a favor y 5 en contra polarizó de inmediato el debate parlamentario en la entidad. Los representantes de las bancadas de oposición acusaron que los nuevos lineamientos configuran un candado prácticamente insuperable para la ciudadanía organizada. Desde su perspectiva, coordinar la captura de tres cuartos de millón de firmas verificadas, con cuotas específicas en más de cien municipios y en un lapso de apenas treinta días, vuelve el derecho a la revocación una simulación inalcanzable.
En contraste, el grupo legislativo de Morena defendió la legalidad y el espíritu del decreto bajo el argumento de que un ejercicio de tal trascendencia política no puede quedar al arbitrio de minorías facciosas. Los legisladores oficialistas sostuvieron que los requisitos buscan asegurar que la solicitud cuente con un respaldo popular amplio, genuino y representativo de todas las regiones geográficas de Veracruz, dotando de certeza jurídica e institucional al proceso de rendición de cuentas antes de que OPLE.
