Estos son los pensionados del IMSS que no recibirán doble pago en octubre 2024

Algunos de los pensionados del IMSS no recibieron el doble pago que fue depositado a otros jubilados del instituto durante octubre de 2024 por esta razón.

Por: Guadalupe Mendoza | Marktube
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Estos son los pensionados del IMSS que no recibieron doble pago en octubre 2024
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) compartió que, debido a una resolución otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, algunos de sus jubilados ya no podrán recibir un pago doble de esta prestación a partir del presente mes de octubre de 2024.

Para conocer si fuiste uno de los afectados primero debes saber que existe un régimen considerado como ‘extralegal’, el cual beneficiaba a cierto grupo de pensionados del IMSS, quienes podían recibir un ingreso elevado durante cada mes, esto en comparación del resto de los jubilados bajo esquemas diferentes del Instituto.

Ellos son los jubilados que no tendrán pago doble de pensión del IMSS

Los jubilados que serán afectados por la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son aquellos que se encuentran pensionados bajo un régimen de jubilaciones y pensiones, pues antes recibían un pago doble bajo el concepto de pensión por vejez, cosa que ya no podrá llevarse a cabo.

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De acuerdo con la SCJN, el fallo se dio bajo el argumento de que el Régimen de Jubilaciones y Pensiones tiene un contrato colectivo que ofrece una protección económica suficiente a los beneficiarios, cosa que haría que el pago doble sea un aumento injustificado de los beneficios.

Existen diversos regímenes bajo los cuales es posible solicitar una pensión en el IMSS. El primero es con la Ley del Seguro Social de 1972, donde los trabajadores deben tener al menos 500 semanas cotizadas antes del 1 de julio de 1997. Por otro lado, la Ley de 1997 pide como requisito al menos mil 250 semanas cotizadas.

La pensión por vejez del IMSS puede solicitarse a partir de los 65 años de edad y requiere de algunos documentos como la cuenta CLABE del beneficiario, una identificación oficial vigente, un comprobante de domicilio de no más de 3 meses de antigüedad y una copia del acta de nacimiento del interesado.

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