El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el encargado del cobro de impuestos en México. De suerte que, entre la documentación que solicita se encuentra la Carta Porte 3.0, es decir, un complemento del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en casos de operaciones de traslado de bienes y mercancías y durante servicios de transporte en el país.
De acuerdo con lo establecido, el proveedor está obligado a emitir y contar con la Carta Porte 3.0 cuando se desarrolla el traslado. Ante esto, recientemente serían divulgados por el SAT los nuevos requisitos para imprimirla sin ningún error a partir del 1 de enero 2024.
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¿Qué debe llevar la impresión de la Carta Porte 3.0 y el CFDI?
A pesar de que la Regla 2.7.1.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) en 2023 no señala requisitos específicos de impresión para la CFDI con la Carta Porte 3.0, la actualización más reciente del SAT explica que para la entrega de este documento hay que incluir un código QR.
En este sentido, los nuevos requisitos de la impresión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con su Carta Porte 3.0 que solicita el SAT son los siguientes:
- La URL de acceso al servicio para validar los datos de la versión publicada del CFDI.
- Identificador del complemento Carta Porte 3.0
- La fecha y hora Salida Llegada (FechaHoraSalidaLlegada) del nodo Ubicación cuando el atributo Tipo Ubicación sea igual a Origen y el primero registro del nodo Ubicación.
- Fecha y hora de certificación del CFDI.
Además, como se menciona anteriormente, la impresión del CFDI y la Carta Porte 3.0 debe incluir un código QR. No obstante, falta que el SAT indique si sería un código con los datos del comprobante y otro con los de su complemento. O bien, solamente un código que abarque la información de los dos.
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