Corte falla por segunda vez contra penalización del aborto

Por unanimidad, la SCJN declaró inconstitucional que los estados del país busquen proteger en sus leyes el derecho a la vida desde la concepción.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Archivo

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que los estados del país busquen proteger en sus leyes el derecho a la vida desde la concepción con cárcel, como lo contemplaba la Constitución de Sinaloa.

En la discusión, una mayoría de ocho ministros señalaron que este tipo de leyes atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres mientras que otros dos sostuvieron que los congresos estatales no tienen competencia para legislar sobre el tema y limitar derechos humanos.

En el caso del aborto, la protección a la vida no debe penalizarse con cárcel

“No corresponde a ninguna legislatura local ni a este pleno fijar el origen de la vida humana, en especial ante la ausencia de consenso científico. Es claro que el embrión y el feto deben ser reconocidos como bienes constitucionalmente relevantes y deben protegerse de acuerdo con esa dignidad y carácter sin embargo, su protección no puede competir plena e incondicionalmente con la de las personas nacidas ”, expuso el ministro Alfredo Gutiérrez.

A su vez, los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel coincidieron en que los congresos de los estados de la República no tienen competencia para legislar en materia de derechos humanos consagrados en la Constitución por lo cual la cláusula de protección a la vida desde la concepción en Sinaloa debía declararse inválida.

También te recomendamos: Inconstitucional penalizar el aborto: SCJN

“Le está vedado a los congresos estatales establecer una diferente concepción de ese derecho como pro ejemplo a partir de cuándo se protege la vida”, expuso la ministra Yasmín Esquivel.

Será el próximo lunes cuando el tribunal pleno inicie el análisis de un proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre los alcances de la objeción de conciencia contemplada en la Ley General de Salud cuando una mujer decide practicarse un aborto.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a Fuerza Informativa Azteca en Google News!
Escrito por: Juan Pablo Reyes

Otras Noticias

×