Corte mantiene prisión preventiva oficiosa; exceptúa tres delitos

La Corte decidió que prevalecerá en México la prisión preventiva oficiosa excepto para delitos de contrabando, defraudación fiscal y los denominados factureros

Escrito por: Juan Pablo Reyes
SCJN

Por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevalecerá en México la prisión preventiva oficiosa excepto para los acusados por contrabando, defraudación fiscal y los denominados factureros.

A pesar de que se coincidió en que dicha medida cautelar violenta los derechos humanos, durante la sesión de este jueves, la propuesta de acotarla para que ya no se aplique de manera automática no fue aprobada.

De esta forma, se eliminó la reforma que añadió el contrabando, los factureros y la defraudación fiscal como amenazas a la seguridad nacional conforme a la ley aplicable en la materia y con la que automáticamente fueron añadidos al catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

Los acusados por estos delitos podrán ser sujetos a la prisión preventiva justificada

Pese a esta declaratoria de invalidez, las personas que sean acusadas por estos delitos todavía pueden ir a la cárcel mientras duren sus procesos penales, pues podrán ser sujetas a la medida de prisión preventiva justificada en la que los fiscales deberán acreditar la necesidad de aplicar esta medida privativa de la libertad.


La inconstitucionalidad de esta reforma fue apoyada por Juan Luis González Alcántara Carrancá, Norma Lucía Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y el ministro presidente Arturo Zaldívar, cuyos votos se sumaron al del ponente, Aguilar Morales.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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