Aprueban dictamen para ampliar catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa

Morena y aliados lograron aprobar el dictamen que busca agregar seis delitos a la lista que ameritan prisión preventiva oficiosa, descubre cuáles son.

Escrito por: Maxi Peláez

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| Pexels

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 19 de la Constitución, que amplía el catálogo de delitos que serán acreedores a prisión preventiva oficiosa. Aquí te dejamos la lista de aquellos que se incorporarían.

¿Qué delitos ameritarían la prisión preventiva oficiosa?

Estos se agregarían a una nueva disposición que evitará que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pueda suspender o declarar inaplicable la reforma. La propuesta del Ejecutivo Federal obliga al juez a ordenar la prisión preventiva oficiosa en los casos de:

  • Extorsión
  • Narcomenudeo
  • Producción, distribución, venta y compra de drogas sintéticas como el fentanilo
  • Defraudación fiscal
  • Contrabando
  • Emisión de comprobantes fiscales y facturas falsas

El dictamen obtuvo 26 votos a favor de Morena, PT y Partido verde, 14 en contra del PAN, PRI, y MC. En la discusión Morena y sus aliados justificaron la necesidad de imponer la prisión preventiva oficiosa a nuevos delitos que han ido en aumento en el país.


En tanto, la oposición advirtió que mantener vigente esa medida viola derechos humanos, como lo determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos y lejos de disminuir los delitos, castigará a los más pobres.

En la discusión en lo particular del dictamen, Morena, PT y Partido Verde incluyeron un cambio en el artículo 19 de la Constitución que le amarra las manos a la Suprema Corte para evitar que suspenda o declare inaplicable la ampliación del catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Se estipula que la prisión preventiva oficiosa ordenada por un juez en los delitos que contempla el artículo 19 constitucional deberán ser aplicados de manera literal y no por interpretación:

“Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”, reza la disposición aprobada.

9 votos de la oposición fueron en contra, pero nada pudo hacer frente a los 17 votos de Morena, PT y Partido Verde que respaldaron la reserva.

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