Una polémica llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En el máximo tribunal del país se dio a conocer un posicionamiento que llamó la atención sobre los nacimientos por fecundación in vitro.
María Estela Ríos González, ministra de la Corte, dijo durante la sesión de este martes que las personas nacidas mediante fecundación in vitro no son parte de la familia.
Ministra habla sobre los nacimientos in vitro en México
Lo expresado por la ministra fue mientras el Pleno de la Corte discutía la constitucionalidad de una modificación a la Ley Orgánica de la Fiscalía de Chihuahua.
En esta se modificó la legislación local ampliando su cobertura de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, añadiéndole “y a la familia”.
"Salvo quien haya nacido, no sé, mediante un qué; un, este, ¿cómo le llaman? In vitro, que haya nacido in vitro, a lo mejor podríamos estimar que no forma parte de la familia, pero mujeres y hombres formamos parte de la familia", dijo.
Durante la sesión del Pleno de la @SCJN, la ministra María Estela Ríos afirmó que las personas nacidas por fecundación in vitro “no forman parte de una familia”.
— Azteca Noticias (@AztecaNoticias) March 10, 2026
El comentario surgió como ejemplo en la discusión sobre la reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía de #Chihuahua,… pic.twitter.com/MWOUBcaQOw
¿Qué es el nacimiento por fecundación in vitro?
La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) explica que la fertilización in vitro es el tratamiento, mediante el cual la fecundación del óvulo no se da dentro del útero materno, sino en el laboratorio por medio de diferentes técnicas.
Esta se realiza cuando, por ejemplo, en las trompas de Falopio se impide el paso del esperma al óvulo. O bien, cuando hay pocos óvulos disponibles o si la ovulación ocurre en periodos prolongados.
Asimismo, por padecimientos que afectan la función ovárica o de trompas y cuando hay poca presencia de esperma en el semen y su calidad no es la requerida para conseguir la fecundación de forma natural.
Este tipo de fecundación requiere previa estimulación ovárica con medicamentos para promover el desarrollo de los folículos y así conseguir más y mejores óvulos.
Corte amparó a mujer por un caso de fertilización in vitro
El 2 de marzo de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte confirmó la concesión de un amparo a una mujer para que, a manera de condena por responsabilidad civil de una empresa dedicada a la reproducción asistida, esta criopreserve sus embriones durante cinco años y le realice un procedimiento de fertilización in vitro, ambos de manera gratuita.
Este criterio emana de un juicio de responsabilidad civil promovido por una mujer en contra de una empresa que se dedica a la fertilización in vitro, a quien reclamó no haber actuado diligentemente ante las complicaciones de un procedimiento —retiro de miomas— que le fue practicado por la demandada para aumentar sus posibilidades de embarazo.
El juez condenó a la empresa al pago de lo demandado, decisión que fue modificada por el Tribunal de Apelación.
