¿IMSS e ISSSTE estarán obligados a hacer un aborto? Esto implica la despenalización a nivel federal

Con la despenalización del aborto a nivel nacional las mujeres podrán realizar esta práctica sin ir a prisión, pero ¿podrán hacerlo en el IMSS o ISSSTE?

Escrito por: Jennifer García
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| Crédito: Reuters

En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la despenalización del aborto a nivel nacional, por lo que mujeres y personas gestiones podrán acceder a la interrupción legal del embarazo de forma segura, pero ¿el IMSS o ISSSTE podrán practicar abortos?

Con el amparo promovido por la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la Corte determinó que penalizar el aborto es inconstuticional pues atenta contra los derechos humanos de las mujeres.

Además,con esta decisión, las personas que se encuentren presas por abortar, podrán recuperar su libertad. Los artículos 330, 331, 332 y 333 del Código Penal Federal señalaban que quienes abortaran serían sentenciadas hasta con 5 años de cárcel, incluidas las víctimas de violación.

¿Se podrá abortar en el IMSS, ISSSTE y Hospital de Pemex?

A pesar de que la SCJN despenalizó el aborto, aún falta especificar bajo que condiciones será permitido abortar: a las cuántas semanas se puede hacer, qué clínicas o instituciones puedes practicar el aborto y con qué métodos.

Esto incluye al IMSS, ISSSTE, Pemex y cualquier institución de salud federal, pues a pesar de que la Ley cambié a favor de la interrupción legal del embarazo, pueden apelar a la cláusula de conciencia, una medida por la que médicos y Hospitales pueden negarse a practicar el aborto debido a cuestiones ideológicas.

¿Cuáles son las penas actuales por aborto?

Actualmente el Código Penal Federal señala que quién ayude a una mujer aborta recibirá de uno a tres años de cárcel, sin importar el método que use, por ejemplo, si alguien compra pastillas o si las vende.

Si la embarazada no dio su consentimiento, esa persona que la hizo abortar recibirá de tres a seis años de prisión; la pena aumenta si hay violencia de por medio, por ejemplo si un hombre golpea a una embarazada y esta pierde al bebé. En esos casos la pena para el delincuente será de seis a ocho años.

Si el aborto lo causa un médico, cirujano, partera o comadrón, además de los años mencionados se le suspenderá de dos a cinco años de su profesión, por lo que no podrá ejercer.

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Escrito por: Jennifer García

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