La reciente separación del cargo del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, abrió un debate profundo sobre los tiempos constitucionales y la estabilidad política del estado. Tras la aprobación unánime de su solicitud de licencia temporal por parte del Poder Legislativo, la entidad quedó bajo el mandato de una gobernadora interina en lo que se desahogan las investigaciones. Debido a la relevancia del caso, surgen dudas entre la ciudadanía sobre las reglas que dictan las leyes locales ante este tipo de ausencias y los pasos institucionales que el Congreso del Estado de Sinaloa debe seguir obligatoriamente para garantizar la legalidad en el poder ejecutivo.
¿Cuánto tiempo puede durar la licencia del gobernador de Sinaloa?
De acuerdo con el texto vigente de la Constitución Política del Estado de Sinaloa en su artículo 58, la legislación contempla dos tipos de ausencias para el titular del Poder Ejecutivo. La primera abarca las faltas temporales cortas que no exceden los 30 días, las cuales no requieren un nombramiento complejo y son cubiertas de forma directa por el Secretario General de Gobierno bajo la figura de encargado del despacho.
La segunda modalidad corresponde a los permisos que superan este periodo de un mes. Para las licencias de más de 30 días, como es la situación actual, el marco normativo no fija un límite máximo de días o meses estrictos, sino que permite al Congreso del Estado evaluar y aprobar la temporalidad de la solicitud por mayoría absoluta de votos. Esto significa que, formalmente, el permiso dura el tiempo específico que haya sido aprobado por las y los diputados en la sesión correspondiente.
¿Qué pasará cuando concluya la licencia de Rubén Rocha Moya?
Al tratarse de una separación del cargo de carácter temporal, los derechos políticos del mandatario constitucional se mantienen a salvo. En el momento exacto en que venza el plazo establecido en la licencia aprobada, o bien, si decide dar por terminado su permiso antes de tiempo, el proceso legal indica que tiene la facultad jurídica de notificar de manera oficial su reincorporación al Congreso local.
Una vez entregada dicha notificación formal ante la Mesa Directiva, el gobernador con licencia puede retomar sus funciones ejecutivas de forma inmediata. Al concretarse este paso, cesan automáticamente las facultades de la gobernadora interina que fue designada para cubrir el despacho, regresando el mando de la administración pública estatal al mandatario electo, siempre y cuando no exista una resolución o mandato judicial dictado por un tribunal que ordene lo contrario o suspenda sus derechos.
¿Qué ocurre si Rubén Rocha Moya no regresa a la gubernatura tras su licencia?
Si la ausencia pasa de ser temporal a definitiva, el panorama legal en Sinaloa cambia por completo y obliga al Congreso a activar los protocolos para cubrir una "falta absoluta". El artículo 59 de la Constitución del Estado señala que el procedimiento depende directamente del año del sexenio en el que ocurra la ausencia definitiva. Si la falta absoluta se consolida durante los primeros dos años del periodo de gobierno, el Poder Legislativo debe convertirse en Colegio Electoral para nombrar a un gobernador interino y lanzar de inmediato una convocatoria a nuevas elecciones populares para que la ciudadanía elija a un nuevo mandatario.
Por el contrario, si la ausencia permanente ocurre dentro de los últimos cuatro años del sexenio, la ley establece que no se convocará a elecciones en las urnas. En este escenario, el Congreso del Estado sesionará de manera extraordinaria para elegir directamente en el pleno a un Gobernador Sustituto, quien tendrá la responsabilidad legal de concluir el periodo constitucional que quede pendiente en el calendario, asegurando así la continuidad del gobierno estatal.
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Es fundamental tomar en cuenta que, independientemente de si regresa a su cargo o si el Congreso debe nombrar a un sustituto, la administración de Rubén Rocha Moya ya se encuentra en su recta final y concluirá de manera definitiva el próximo año. Esto se debe a que el calendario oficial de las instituciones electorales ya tiene fijado el año 2027 para celebrar las elecciones ordinarias a la gubernatura en Sinaloa.
