Pemex y FGR impugnan amparo que dio libertad a Lozoya en caso Odebrecht

La FGR y Pemex buscan que la decisión de que Emilio Lozoya continúe su proceso en libertad sea revertida, por eso impugnaron el cambio de medidas cautelares.

Escrito por: Federico Anaya

Lozoya

Este jueves 7 de marzo, la Fiscalía General de la República (FGR) y Petróleos Mexicanos (PEMEX) interpusieron recursos de revisión contra el cambio de medida cautelar a Emilio Lozoya Austin. Un amparo permitió al exdirector de la paraestatal enfrentar su proceso penal por el caso Odebrecht en libertad.

Con recursos de inconformidad interpuestos por la FGR y PEMEX buscan revertir la sentencia del magistrado Juan Pedro Contreras Navarro, del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito, quien en febrero pasado ordenó la libertad provisional de Lozoya Austin, quien estuvo preso dos años en el Reclusorio Norte, al considerar que no existe riesgo de que se evada de la justicia.

Lozoya mantiene su libertad usando un brazalete electrónico

El juzgador impuso a Lozoya Austin diversas medidas cautelares como la colocación de un brazalete electrónico, retiro de pasaporte, la prohibición de salir del país y debe acudir a firmar el libro de procesados cada 15 días.

El mismo día que el Juez de Control otorgó la libertad al procesado, por lo que la FGR acusó que Emilio Lozoya no ha ganado ningún juicio, sino que “solo ha obtenido de jueces y magistrados de la federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados”.

“Se nos han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional”, señalaron en su momento.

FGR acusa al juez Gerardo Genaro Alarcón de liberarlo injustamente

Finalmente, La FGR arremetió declarando que “al hoy acusado, el juez Gerardo Genaro Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio “N”, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal”.

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