Si tienes entre 30 y 65 años de edad, así como una discapacidad permanente, puedes aplicar una Pensión del Bienestar 2023 , pero ¿cuáles son los requisitos y quiénes pueden sacarla?
Como parte del plan para mejorar el ingreso de las personas con una discapacidad, al igual que contribuir al cumplimiento de los derechos de niñas, adolescentes y personas indígenas, el Gobierno de México creó esta pensión en 2019.
¿Quiénes pueden sacar la Pensión Bienestar de 30 a 64 años?
Las personas que pueden recibir esta Pensión son niños y jóvenes de 0-29 años, personas de 30-64 años que vivan en comunidades indígenas o afroamericanas y personas con alto grado de marginación.
Quienes apliquen podrán recibir dos mil 950 pesos mexicanos de forma bimestral que se entregarán en depósito o en efectivo.
¿Cómo inscribirse al programa de Pensión para el Bienestar para Personas con Discapacidad?
Si estás interesado en esta Pensión del Bienestar 2023 debes presentar los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial (puede ser el INE, pasaporte, credencial del INAPAM, cédula profesional o cartilla militar).
- CURP
- Comprobante de domicilio no mayo a 6 meses (luz, teléfono, agua, predial o gas).
- Un certificado de discapacidad emitido por una institución pública.
- Número telefónico de contacto.
¿Cuánto dinero depositan de la Pensión Bienestar para personas con discapacidad en 2023?
Las personas que cuiden a una persona con discapacidad permanente, aún si no tienen parentesco directo o alguno, podrán recibir dos mil 950 pesos mexicanos correspondientes a esta Pensión del Bienestar 2023, para hacerlo deberán presentar lo siguiente:
- Acta de nacimiento.
- Identificación.
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- Documento que acredite el parentesco o relación con la persona con discapacidad.
En caso de que el derechohabiente fallezca, la persona que sea registrada como su auxiliar podrá recibir el apoyo económico. Si no hay una persona designada, el Comité Técnico del Programa podrá determinar a quién se le otorgará el apoyo.
Para la emisión del
Pago de Marcha
es vital que el auxiliar no haya recibido otro apoyo después del fallecimiento del derechohabiente. Para solicitarlo la persona auxiliar deberá presentar:
- Identificación oficial vigente.
- Original del Acta de Defunción y/o Constancia Médica.
- Informar sobre la defunción en los días posteriores, de lo contrario el apoyo se perderá.