Las salas de cine deben de brindar los medios electrónicos necesarios para que las personas con discapacidad visual puedan tener acceso a las películas, señaló la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al conceder el amparo promovido por Horacio.
Este hombre es una persona que padece ceguera permanente desde el 2008, quien no puede leer subtítulos y solo entiende el idioma español, por lo tanto las películas que no son dobladas a su idioma no puede entenderlas.
SCJN señala que es inconstitucional que personas con discapacidad no puedan disfrutar de todas las películas
Por ello buscó que desde el Tribunal constitucional garantizara su derecho, el cual señalaba, no estaba debidamente protegido por el artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía “Si bien en la Ley Federal de Cinematografía se establecen ciertas medidas para que las personas con discapacidad auditiva puedan disfrutar del séptimo arte en las salas de cine, lo cierto es que el legislador no tomó en cuenta a las personas con discapacidad visual, quienes también se enfrentan a barreras para acceder a las películas que son exhibidas al público” se expuso en el proyecto planteado por la Primera Sala de la Corte.
Consideraron que es inconstitucional que la el mencionado artículo sólo permita que se proyecten ciertas películas dobladas al español, como las clasificadas para público infantil y los documentales educativos, pues ello impide que las personas con discapacidad visual que sólo entiendan el español puedan disfrutar de películas extranjeras.
Cines deberán de contar con dispositivos para personas con discapacidad
La propuesta de la ministra Yazmín Esquivel planteó que para lograr la accesibilidad efectiva a las películas que se exhiben al público, los cines deben contar con dispositivos electrónicos que permitan a las personas con discapacidad visual tener audio descriptivo de las películas.
Además, las autoridades deberán vigilar que la proyección de las películas con doblaje en español y audio descripción se realicen en los mismos complejos cinematográficos y en horarios que las hagan razonablemente accesibles a las personas con discapacidad.