El gobierno de la Ciudad de México (CDMX) anunció una medida para controlar el límite velocidad de unidades pesadas que transporten materiales peligrosos, anuncio hecho a 20 días de la explosión de una pipa de gas LP en el Puente de la Concordia, alcaldía Iztapalapa.
Este martes, Clara Brugada, jefa de Gobierno de la CDMX, dio a conocer una serie de ajustes a la conducción de este tipo de transporte, y entre los puntos que se destacaron fue un límite de velocidad que deberán respetar los choferes de pipas de gas, por ejemplo.
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¿Cuál es el límite de velocidad para pipas de gas en CDMX?
La Jefa de Gobierno señaló que se busca “fortalecer la regulación de la transportación de materiales y sustancias, que nos ayuden a prevenir esta situación tan dolorosa” en alusión a la explosión de la pipa de gas el 10 de septiembre pasado.
Ahora, anunció, se reducirá a 30 kilómetros por hora (km/h) el límite de velocidad para vehículos que transporten sustancias peligrosas. Aunado a ello, se fijaron más acciones para regular la circulación de este tipo de unidades.
“Hay cinco ámbitos en los cuales estamos regulando. Uno de ellos es, límites más estrictos de velocidad; otros son rutas prioritarias y carriles específicos de circulación; regulación de horarios de tránsito, permisos y requisitos y controles reforzados a este tipo de vehículos; multas, sanciones, supervisión de la aplicación de las medidas”, expresó Clara Brugada.
Pablo Vázquez, secretario de Seguridad Ciudadana, precisó que los ajustes se harán en materia de Reglamento de Tránsito para los transportes o los vehículos que transporten materiales tóxicos o peligrosos.
Nuevas normas para pipas de gas y con sustancias peligrosas en CDMX
El anuncio de hoy contempla además otras propuestas para la regulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas cuando circulen por avenidas de la CDMX. Tales acciones son:
- En la CDMX no podrán circular vehículos con más de 40 mil litros de carga de materiales tóxicos, como hidrocarburos
- Pipas que transportan más de 10 mil litros de hidrocarburos no podrán circular por vías secundarias
- Los vehículos que transportan más de 20 mil litros de hidrocarburos, solo podrán circular entre las 22:00 horas y las 05:00 de la mañana.
- No se permitirá la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas por vías de acceso controlado
- Se duplicarán las multas por infringir cualquier disposición relacionada con el transporte de materiales peligrosos
Implementación del uso de radares móviles, para controlar y sancionar cualquier exceso de velocidad de este tipo de transportes, en cinco accesos carreteros a la Ciudad de México:
1. México-Pachuca
2. México-Querétaro
3. México-Toluca
4. México-Cuernavaca
5. México-Puebla- Será requisito, para la obtención de la licencia de conducir tipo E-12, la constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y la constancia también de capacitaciones, que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes autoriza para las licencias de conducir federales
- Se propondrá al gobierno federal, que para la obtención del permiso de traslados de sustancias peligrosas, se solicite un dictamen realizado por una unidad verificadora autorizada por la Secretaría de Energía, sobre el cumplimiento de la Norma 007 SESH-2010
- En materia de control vehicular y de cumplimiento de requerimientos técnicos, los vehículos de traslado de sustancias tóxicas o peligrosas deberán presentar un dictamen autorizado por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, (ASEA)
- El gobierno publicará términos de referencia específicos para la elaboración de programas internos de Protección Civil, para distribución de gas natural, gas licuado de petróleo e hidrocarburos
- Puntos de revisión aleatorios para verificar y garantizar que todos los vehículos que transporten sustancias peligrosas, que circulen por la CDMX, cumplan con la normatividad y las disposiciones vigentes
- Se planteará un convenio de colaboración con la Secretaría de Energía y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, (ASEA), para llevar a cabo operativos conjuntos y revisar que se cumplan también estas normatividades, y en dado caso, revocar permisos cuando se trata de reincidencias, entre otras acciones, con el gobierno federal.
Horarios y restricciones para transporte de materiales peligrosos en CDMX
El jefe de la policía capitalina informó sobre los horarios para los transportes o los vehículos que lleven materiales tóxicos o peligrosos, los cuales quedaron de la siguiente manera:
- Transportes que tengan una capacidad menor a 10 mil litros podrán circular en todas las vías de 10:00 a 18:00 horas
- Transportes que tengan de 10 mil a 20 mil, solamente en vías primarias de 10:00 a 18:00 horas
- Transportes mayores a 20 mil y hasta 40 mil, en vías primarias, solamente de las 22:00 a las 05:00 de la mañana
- Transportes mayores de 40 mil no podrán circular en la ciudad
"Se dispone un límite de velocidad para todos los transportes de materiales tóxicos o peligrosos, de máximo 30 kilómetros por hora, con independencia del límite de velocidad de la vía en la que se encuentren”, indicó el funcionario.
En tanto, este tipo de transportes, independientemente de la vía, tendrán que circular en la extrema derecha y solamente cambiar de carril en caso de que se necesite rebasar.